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BOC Nº 169. Lunes 31 de Agosto de 2015 - 4035

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V. ANUNCIOS - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

4035 Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 5 de agosto de 2015, relativa a la sanción impuesta a la entidad "Recuperadora Canaria de Chatarra y Metales, S.L.", en materia de prevención de riesgos laborales.

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BOC-A-2015-169-4035. Firma electrónica - Descargar

Considerando que en el artículo 40.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8 de agosto), se dispone, después de determinar las cuantías sancionadoras, que "Las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente".

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales (BOE nº 108, de 5 de mayo de 2007), que contiene las formalidades necesarias para la publicación de las referidas sanciones.

Resultando que en el procedimiento sancionador PH-133/11 (CRH-39/11) la sanción impuesta a la entidad "Recuperadora Canaria de Chatarra y Metales, S.L.", mediante Orden nº 914, de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio de fecha 5 de diciembre de 2011, ha adquirido firmeza.

Vistas las disposiciones citadas, y demás que resulten de aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Ordenar que se haga pública en el Boletín Oficial de Canarias la siguiente sanción:

Nombre o razón social de la empresa sancionada: "Recuperadora Canaria de Chatarra y Metales, S.L.".

Sector de actividad a que se dedica: comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho.

Número de Documento Nacional de Identidad de las personas físicas o Código de Identificación Fiscal de las personas jurídicas: B35066273.

Domicilio social: calle Arinaga, 11, Urbanización Industrial Lomo Blanco (35010-Las Palmas de Gran Canaria).

Infracción cometida: artículo 13.10 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social "No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores".

Sanción impuesta: 40.986,00 euros.

Fecha de extensión del acta de infracción: 21 de marzo de 2011.

Fecha en la que la sanción adquiere firmeza: 4 de junio de 2015.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de agosto de 2015.- La Directora General de Trabajo, p.s. (Orden nº LOR2015CA00892, de 28.7.15), la Directora General del Gabinete de la Vicepresidencia, Carmen Nieves Rodríguez Fraga.

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