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BOC Nº 153. Viernes 7 de Agosto de 2015 - 3791

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

3791 Secretaría General Técnica.- Resolución de 27 de julio de 2015, por la que se ordena la publicación de la Adenda 1ª al Convenio de Colaboración suscrito el 3 de abril de 2013, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Socio Sanitaria para la elaboración de informes sociales necesarios para la valoración de idoneidad en supuestos de adopción, para su modificación y prórroga.

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BOC-A-2015-153-3791. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior, una vez suscrito e inscrito en el Registro de Convenios de esta Consejería y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 7.B), apartados 4 y 6, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 64/2013, de 6 de junio,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda 1ª al Convenio de Colaboración suscrito el 3 de abril de 2013, entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Socio Sanitaria par la elaboración de informes sociales necesarios para la valoración de idoneidad en supuestos de adopción, para su modificación y prórroga, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de julio de 2015.- La Secretaria General Técnica, Marta Arocha Correa.

A N E X O

ADENDA PRIMERA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 3 DE ABRIL DE 2013 ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA, DEPORTES, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA Y LA FUNDACIÓN CANARIA SOCIO SANITARIA PARA LA ELABORACIÓN DE INFORMES SOCIALES NECESARIOS PARA LA VALORACIÓN DE IDONEIDAD EN SUPUESTOS DE ADOPCIÓN, PARA SU MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de diciembre de 2013.

INTERVIENEN

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en calidad de Consejera de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, del Gobierno de Canarias, actuando en nombre de la Comunidad Autónoma en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, modificada por la Ley 4/1996, de 5 de noviembre, en relación con el Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente, por el que se le nombra Consejera (BOC nº 135, de 11 de julio de 2011), y con el artículo 10.2.b) de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los menores que refiere la suscripción de los Convenios de colaboración con otras Administraciones, Instituciones y entidades públicas o privadas relativos a planes, programas, servicios, actividades y medios de atención a los menores.

De otra parte, D. Orlando Santana Herrera, titular del Documento Nacional de Identidad nº 43.752.341-Q, en su calidad de Secretario de la Fundación Canaria Socio Sanitaria, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de poder especial otorgado mediante acuerdo del Patronato de la Fundación de 18 de julio de 2012, elevado a público mediante escritura de fecha 25 de julio de 2012 en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria ante el Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias D. Manuel Guzmán Ramos, bajo el nº 1491 de su protocolo, y certificado el 5 de diciembre de 2013.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente adenda y, en su mérito,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 3 de abril de 2013, se firmó Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Socio Sanitaria para la elaboración de informes sociales necesarios para la valoración de idoneidad en supuestos de adopción. Dicho convenio está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con nº TF00010 y fecha 11 de abril de 2013.

Segundo.- La cláusula sexta, apartado primero, del Convenio de Colaboración, establece en su párrafo segundo que la aportación máxima bimensual será la que resulte de multiplicar el precio de la emisión de un informe técnico inicial de familia biparental por un total de 16 informes. Este número de informes es un número inicial estimado sin perjuicio de que se pueda modificar al alza o a la baja durante la vigencia del Convenio en función de las solicitudes de adopción presentadas.

Tercero.- Dado que el Servicio de Programas de Adopción de la Dirección General de Dependencia, Infancia y Familia no puede asumir la totalidad de los informes que han de emitirse, se ha de prorrogar el actual Convenio. Además por la evolución de las solicitudes de adopción y la reestructuración de dicho Servicio, solo se solicitarán a la Fundación los informes de Idoneidad iniciales en todos los casos pero los restantes informes solo en función de las necesidades del Servicio, se ha de proceder a disminuir el número de informes y por tanto el importe máximo anual.

Las partes, según están representadas, firman la presente adenda y se comprometen a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- La vigencia del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda y la Fundación Canaria Socio Sanitaria para la elaboración de informes sociales necesarios para la valoración de idoneidad en supuestos de adopción, se prorroga desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014.

Segunda.- Se modifica el párrafo segundo del apartado primero de la cláusula sexta redactado en los términos siguientes:

"Sexta.- Régimen económico.

...

El número máximo anual de informes será de 90 siendo la aportación máxima bimensual la que resulte de multiplicar el precio de la emisión de un informe técnico inicial de familia biparental por un total de 15 informes. Este número de informes es un número inicial estimado sin perjuicio de que se pueda modificar al alza o a la baja durante la vigencia del convenio en función de las solicitudes de adopción presentadas ...".

Tercera.- La aportación máxima por parte del Departamento se fija, en atención al número de informes y al periodo que se prorroga en la cantidad de cuarenta y un mil setecientos cuarenta y dos (41.742,00) euros, que se imputará al presupuesto de gastos de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en la aplicación presupuestaria 23.08.231H.2270200 "valoraciones y peritajes", quedando condicionada su efectividad a la existencia de crédito adecuado, suficiente y disponible en la aplicación presupuestaria indicada en el Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2014.

Cuarta.- Las condiciones que han de regir la referida adenda serán las mismas y en los mismos términos que las fijadas en el Convenio de Colaboración suscrito en fecha 3 de abril de 2013 salvo en la cláusula que aquí se modifica.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por cuadriplicado ejemplar, y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- Por la Fundación Canaria Socio Sanitaria, Orlando Santana Herrera.

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