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BOC-A-2015-144-3633.
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En la Disposición Adicional Cuarta, apartado tres, del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, se establece que el reparto de dotaciones materiales correspondientes a las Secretarías Generales Técnicas afectadas se efectuará en proporción a la incidencia que la reestructuración suponga en los medios personales y materiales de los Departamentos, por Decreto del Presidente del Gobierno con audiencia de los Departamentos afectados.
Considerando lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en orden a lograr una gestión acorde con los principios de eficacia y eficiencia,
D I S P O N G O:
Delegar en la Consejera de Hacienda, el reparto de dotaciones materiales correspondientes a las Secretarías Generales Técnicas afectadas previsto en el apartado tres de la Disposición Adicional Cuarta del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de julio de 2015.
EL PRESIDENTE,
Fernando Clavijo Batlle.
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