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BOC Nº 139. Lunes 20 de Julio de 2015 - 3421

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

3421 Secretaría General Técnica.- Resolución de 8 de julio de 2015, por la que se ordena la publicación de la Addenda cuarta que modifica la cláusula primera de la Addenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito inicialmente entre la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias y la Fundación Diagrama, para el desarrollo de un Programa de acogimiento residencial de menores extranjeros no acompañados en hogares de acogida en territorio peninsular.

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BOC-A-2015-139-3421. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de lo anterior, una vez suscrito e inscrito en el Registro de Convenios de esta Consejería y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 7.B), apartados 4 y 6, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 64/2013, de 6 de junio,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Addenda Cuarta por la que se modifica la cláusula primera de la Addenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito inicialmente entre la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias y la Fundación Diagrama, para el desarrollo de un programa de acogimiento residencial de menores extranjeros no acompañados en hogares de acogida en territorio peninsular, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de julio de 2015.- El Secretario General Técnico, Francisco Hernández Padilla.

A N E X O

ADDENDA CUARTA POR LA QUE SE MODIFICA LA CLÁUSULA PRIMERA DE LA ADDENDA AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN SUSCRITO INICIALMENTE ENTRE LA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA FUNDACIÓN DIAGRAMA, PARA EL DESARROLLO DE UN PROGRAMA DE ACOGIMIENTO RESIDENCIAL DE MENORES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS EN HOGARES DE ACOGIDA EN TERRITORIO PENINSULAR.

En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de octubre de 2010.

INTERVIENEN

De una parte la Excma. Sra. Dña. Inés Nieves Rojas de León, en calidad de Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias actuando en nombre de la Comunidad Autónoma en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, modificada por la Ley 4/1996, de 5 de noviembre.

De otra, Dña. Trinidad Pagán Hernández, con D.N.I. 22.947.148-W, en nombre y representación de la Fundación Diagrama Intervención Psicosocial, con C.I.F. G-73038457, con domicilio social en Avenida Ciudad de Almería, nº 10, código postal 30002, Murcia, con poder bastante para este acto en virtud de escritura pública otorgada ante Notario de Murcia, D. Agustín Navarro Núñez con fecha 25 de julio de 2002 y número de su protocolo 3.395.

Actúan en calidad de representantes de sus Entidades respectivas y ejercen las facultades que tienen conferidas para convenir en nombre de aquellas.

EXPONEN

Primero.- Que ambas partes firmaron un Convenio Marco de Colaboración para el desarrollo de un programa de acogimiento residencial a menores extranjeros no acompañados, en los hogares de acogida que la Fundación Diagrama viene gestionando en distintos lugares del territorio nacional, todo ello ante la inminente necesidad de atender a la problemática existente en la Comunidad Autónoma de Canarias por la creciente y continua llegada de menores inmigrantes a la misma, y la saturación de todos los dispositivos de emergencia y atención, y la imposibilidad de crear nuevos centros e infraestructuras que permitieran el atender de una manera adecuada a dichos menores. Dicho convenio está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con nº 12 y fecha 10 de febrero de 2009.

De conformidad con lo dispuesto en la estipulación quinta del citado Convenio Marco de Colaboración formalizaron una Addenda al mismo, con fecha 30 de diciembre de 2008.

Segundo.- Con fecha 1 de junio de 2009 se firmó addenda segunda por la que se modifican las cláusulas primera y tercera de la Addenda de Adhesión al Convenio Marco.

Tercero.- Con fecha 14 de diciembre de 2009 se firmó addenda tercera por la que se modifican las cláusulas primera y tercera y se prorroga de la Addenda de Adhesión al Convenio Marco.

Cuarto.- La estipulación primera establece que la Fundación Diagrama pondrá a disposición de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias un número total de 116 plazas en los Hogares de Acogida que la entidad tiene distribuidos en distintas zonas del territorio peninsular y las Islas Baleares, a fin de procurar el acogimiento residencial, la atención, protección e inserción de los menores extranjeros no acompañados llegados a las Islas Canarias.

Quinto.- La estipulación tercera establece que el coste efectivo diario por plaza en la vivienda asciende a la cantidad de 80 euros menor/día, siendo el número de plazas inicialmente previsto de 116. El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, que, por tanto, no queda obligada a concertar un determinado número de plazas ni a gastar la totalidad de la cantidad indicada, existiendo a su vez la posibilidad de incrementar el crédito inicial en función del número de menores que se trasladen a los centros de la Fundación, mediante la pertinente Orden de ampliación por parte de la Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, siempre y cuando esté vigente el presente convenio, haya voluntad de la otra parte para ello y existe la consignación presupuestaria adecuada y suficiente.

Sexto.- En la actualidad, dado que ha disminuido la llegada de menores a las islas y que los menores que se encuentran actualmente en los centros están cumpliendo la mayoría de edad, la tendencia actual es de disminución del número de menores en los centros y que no se pueda producir la ocupación de las plazas vacantes por lo que se hace necesario disminuir el número de plazas del Convenio.

Séptimo.- En fecha actual, existe conformidad de las partes para la formalización de una Addenda de modificación de la referida addenda al Convenio Marco de colaboración de fecha 30 de diciembre de 2008, a cuyo fin existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, las partes acuerdan la formalización de la presente Addenda con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Se modifica la cláusula primera, disminuyendo el número de plazas quedando establecidas de la siguiente forma:

- Mes de agosto 2010: 98 plazas.

- Mes de septiembre 2010: 97 plazas.

- Mes de octubre 2010: 94 plazas

- Mes de noviembre 2010: 92 plazas.

- Mes de diciembre 2010: 88 plazas.

Segunda.- Las condiciones que han de regir la referida addenda serán las mismas y en los mismos términos que las fijadas en la addenda al Convenio de Colaboración suscrito en fecha 30 de diciembre de 2008 y sucesivas addendas salvo en la cláusula que aquí se modifica, fijando como aportación máxima por parte del Departamento, para el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2010 y el 31 de diciembre de 2010, la cantidad de un millón ciento cuarenta y ocho mil (1.148.000,00) euros.

Dado que el importe comprometido asciende para el mismo periodo a 1.419.840,00 euros procede liberar crédito del convenio por un importe de 271.840,00 euros.

El importe máximo mensual será el que resulte de multiplicar cada plaza ocupada, por su precio hasta el número de plazas establecida para cada mes, o si la ocupación fuera superior, por el número de plazas efectivamente ocupadas.

Y en prueba de conformidad se suscribe la presente addenda, por cuadriplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- La Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, Inés Nieves Rojas de León.- La apoderada de la Fundación Diagrama, Trinidad Pagán Hernández.

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