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BOC Nº 139. Lunes 20 de Julio de 2015 - 3420

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

3420 DECRETO 108/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el «Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Morro Jable (municipio de Pájara, Fuerteventura)».

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BOC-A-2015-139-3420. Firma electrónica - Descargar

La Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial ha formulado el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad (en adelante, PMM) de Morro Jable, con el objeto de regular los procesos de recualificación de este núcleo turístico mediante actuaciones en el espacio público y privado, a fin de adaptarlo a los nuevos requerimientos de la demanda, conforme a lo establecido en la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias.

Dicha iniciativa cuenta con amparo en el artículo 7 de la citada Ley 2/2013, de 29 de mayo, en cuyo apartado 1 se dispone que los PMM son instrumentos de ordenación urbanística que complementan y, en su caso, sustituyen a las determinaciones urbanísticas vigentes, estableciendo la ordenación completa de su área de intervención, con objeto de viabilizar la renovación urbana y edificatoria en los términos señalados en esta ley, sin posibilidad de clasificar o reclasificar suelo, si no existe acuerdo municipal previo que lo permita.

El presente expediente ha sido sometido a los trámites de información pública (BOC nº 25, de 6 de febrero de 2015), de consulta al Cabildo de Fuerteventura, el Ayuntamiento de Pájara, la Viceconsejería de Turismo y las entidades representativas de los agentes económicos y sociales afectados, y de consulta interadministrativa. Asimismo, se ha sometido el documento a la preceptiva evaluación ambiental estratégica.

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), en sesión de 11 y 12 de mayo de 2015, acuerda aprobar la Memoria Ambiental e informar favorablemente el documento del PMM de Morro Jable, considerando también las alegaciones, en los términos recogidos en la Memoria de Ordenación.

Visto que conforme al citado informe favorable de la COTMAC, procede suspender la actuación de renovación urbana de dotación denominada ARUD 1, a efectos de que se cumplimenten desde el punto de vista técnico y jurídico los trámites y requisitos necesarios para la aprobación, en su caso, del convenio aportado.

Visto que dicho Acuerdo, en su dispositivo segundo, apartado segundo, modifica el criterio adoptado en el acta de la reunión de valoración de la propuesta conjunta del Plan celebrada el 23 de abril de 2015 en relación con los parámetros aplicables a la Avenida del Saladar en el sentido de que la obligación de retranqueo en la primera planta desaparezca y que la ocupación en la misma quede en función del proyecto que se presente.

Vistos informes de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

Visto que en el Boletín Oficial de Canarias nº 97, de 22 de mayo de 2015, ha sido publicada la aprobación de la Memoria Ambiental, por Acuerdo de la COTMAC adoptado en sesión de 11 y 12 de mayo de 2015.

Visto informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio de 18 de mayo de 2015, en el que se constata la cumplimentación del dispositivo segundo, apartado segundo, del citado Acuerdo de la COTMAC.

Visto informe del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial acreditativo de dicha subsanación.

En su virtud, y de conformidad con las disposiciones citadas y demás normativa vigente de aplicación, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2015,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Aprobar el «Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Morro Jable (municipio de Pájara, Fuerteventura)».

Artículo 2.- Suspender la actuación de renovación urbana de dotación denominada ARUD 1, hasta la cumplimentación desde el punto de vista técnico y jurídico de los trámites y requisitos necesarios para la aprobación, en su caso, del convenio aportado.

Artículo 3.- Ordenar la publicación del presente decreto y de su anexo, que incorpora la normativa del citado plan, en el Boletín Oficial de Canarias.

Disposición final única.- Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a excepción del ámbito suspendido.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 22 de mayo de 2015.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,

TRANSPORTES Y POLÍTICA TERRITORIAL,

Domingo Berriel Martínez.

Ver anexo en las páginas 21682-21764 del documento Descargar

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