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BOC Nº 132. Jueves 9 de Julio de 2015 - 3230

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana

3230 EDICTO de 15 de abril de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000076/2013.

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BOC-A-2015-132-3230. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Wenceslao Enrique Olea Ballesteros, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 10 de abril de 2015.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Ivana Aisa Muiños Romero, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana los presentes autos de Procedimiento ordinario, nº 0000076/2013 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Olaf Rasmus Johansen y Leila Rahbek Joergensen, dirigido por el Letrado D./Dña. Miguel Ángel Melián Santana y Miguel Ángel Melián Santana y representado por el Procurador D./Dña. Tomás de Paiz Paetow y Tomás de Paiz Paetow y de otra como demandada D./Dña. Anfinpan, S.L.U. y Hotetur Vacation Club, S.L., sobre nulidad contractual".

(...)

"FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Olaf Ramus Johansen y de Dña. Leila Rahbek Joergensen frente a Anfipan, S.L. y Hoteur Vacation Club, S.L.

Procede condenar en costas a la parte demandante.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación a interponer en este juzgado en el plazo de veinte días, previa la constitución en su caso, mediante consignación en la cuenta de este Juzgado, del depósito legalmente establecido [Disposición Adicional Decimoquinta 3.b) de la L.O.P.J, según la modificación operada por la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre]".

Y para que sirva de notificación a la entidad codemandada en paradero desconocido Hotetur Vacation Club, S.L., expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 15 de abril de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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