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BOC-A-2015-132-3223.
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Examinado el expediente tramitado para la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial.
Considerando justificada la modificación, en cumplimiento del artículo 29 de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias, la modificación puntual para integrar en la estructura de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, la unidad administrativa de la Comisión de Valoraciones de Canarias, que conlleva la integración de los puestos de trabajo adscritos a la misma procedentes de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, así como aquellos otros puestos de otras consejerías y organismos autónomos, cuyos titulares prestan servicios para esta unidad desde la entrada en vigor de la citada ley, y que se relacionan en la Orden nº 61, de 16 de marzo de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.
Vistos los artículos 5, 6, 15, 16 y 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial en funciones y a propuesta conjunta de los Consejeros en funciones de Economía, Hacienda y Seguridad y de Presidencia, Justicia e Igualdad, y previa deliberación del Gobierno en funciones en su sesión celebrada el día 3 de julio de 2015,
D I S P O N G O:
Único.- Modificar puntualmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, en los siguientes términos:
- Anexo I: Puestos modificados.
- Anexo II: Puestos traspasados a otros Departamentos u Organismos Autónomos.
- Anexo III: Puestos procedentes de otros Departamentos u Organismos Autónomos.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de julio de 2015.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
(en funciones),
Paulino Rivero Baute.
EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,
HACIENDA Y SEGURIDAD,
(en funciones),
Javier González Ortiz.
EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,
JUSTICIA E IGUALDAD,
(en funciones),
Francisco Hernández Spínola.
Ver anexo en las páginas 20116-20121 del documento Descargar
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