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BOC Nº 130. Martes 7 de Julio de 2015 - 3189

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

3189 EDICTO de 9 de abril de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000658/2013.

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BOC-A-2015-130-3189. Firma electrónica - Descargar

Dña. Montserrat del Cristo Pérez Galván, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor esencial:

SENTENCIA

En Arona, a 23 de marzo de 2015.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Sergio Calle Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona los presentes autos de Juicio verbal nº 658-2013 seguido entre partes, de una como demandante la Comunidad de Propietarios Balcón del Atlántico IV, dirigidos por el Letrado D. José Abitbol Martos y representados por el Procurador Dña. Cristina Escuela Gutiérrez y de otra como demandada D. Robert Henry Mcmullan y Dña. Kim Evelyn Whitley; sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada a instancia de la Comunidad de Propietarios Balcón del Atlántico IV, dirigidos por el Letrado D. José Abitbol Martos y representados por el Procurador Dña. Cristina Escuela Gutiérrez contra D. Robert Henry Mcmullan y Dña. Kim Evelyn Whitley; condenando a la demandada a la cantidad reclamada más los correspondientes intereses legales desde la interposición de la demanda.

Se condena a la demandada al pago de las costas de este procedimiento.

Las sentencias dictadas en toda clase de juicio, los autos definitivos y aquellos otros que la Ley expresamente señale, serán apelables, con excepción de las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando esta no supere los 3.000 euros (artículo 455 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe, en Arona, a 23 de marzo de 2015.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Dña. Kim Evelyn Whitley y Robert Henry Mcmullan, expido y libro el presente en Arona, a 9 de abril de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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