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BOC Nº 129. Lunes 6 de Julio de 2015 - 3160

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Universidad de La Laguna

3160 RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2015, por la que se hace pública la convocatoria de trece Becas Philip Morris Spain para alumnos de la Universidad de La Laguna, en el curso académico 2014-2015.

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CONVOCATORIA DE TRECE BECAS PHILIP MORRIS SPAIN

PARA ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

CURSO 2014-2015

Resolución del Rector de la Universidad de La Laguna, por la que se procede a convocar trece becas para el Programa Universitario Philip Morris Spain consistentes en la ayuda al acceso a estudios universitarios y a la iniciación profesional en la empresa, según las siguientes bases:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Objeto de la convocatoria.

La Universidad de La Laguna en su ámbito de actuación se fija como objetivo el fomentar el acceso a los estudios universitarios, mejorando la formación de sus graduados y graduadas en aras a fomentar su inserción en el mundo laboral. La actual situación económica, unida a las peculiaridades del Archipiélago Canario en su condición de región ultraperiférica, hace que el fomento del acceso a estudios universitarios y al empleo se constituya en una necesidad insoslayable. La desinteresada aportación económica de la empresa Philip Morris Spain permite a la Universidad de La Laguna ofertar, a través de esta convocatoria, trece becas con la finalidad de ayudar a estudiantes matriculados en ella en el curso 2014-2015 a continuar con sus estudios universitarios.

Segunda.- Normativa aplicable.

Además de lo establecido en la presente convocatoria, son de aplicación:

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

- El Decreto 89/2004, de 6 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de La Laguna.

Tercera.- Requisitos de los solicitantes.

La convocatoria está dirigida exclusivamente a alumnos matriculados en la Universidad de La Laguna en el curso académico 2014-2015 en régimen de dedicación a tiempo completo, con residencia en Canarias y fecha de nacimiento posterior al 31 de diciembre de 1982 y que reúnan los siguientes requisitos académicos: haber superado el 50% de los créditos necesarios para completar sus estudios de grado o, en su caso, su licenciatura o diplomatura, siendo mérito preferente estar matriculado en tercer curso o posterior de las titulaciones de Grado o penúltimo o último de las titulaciones de licenciatura o diplomatura. Asimismo, los solicitantes deberán estar integrados en una unidad familiar cuyo umbral de renta no supere los 15.000 euros.

Cuarta.- Dotación del Programa y tipos de becas.

La cuantía total dedicada al Programa será de 21.034,00 euros de las que 21.026,45 euros aporta la empresa Philip Morris y el resto, 7,55 euros el Vicerrectorado de Docencia, según el convenio de colaboración firmado entre la Universidad de La Laguna y Philip Morris Spain, siendo el importe de cada beca de 1.618,00 euros, que se destinará a financiar los costes/tasas universitarias, materiales de estudio, transporte y/o gastos relacionados con los estudios universitarios.

Quinta.- Obligaciones de los beneficiarios de las becas.

Los perceptores de las becas vienen obligados a satisfacer en primer lugar aquellas obligaciones económicas relacionadas con su matrícula en la Universidad de La Laguna (tasas académicas y precios públicos de matrícula). Esta cuantía puede destinarse a cuantías pendientes de abonar del curso 2014-2015 o a abonar por matrícula en el 2015-2016.

Sexta.- Posibilidad de realizar un programa de prácticas externas.

Los becarios seleccionados podrán optar, si así lo requieren las necesidades de Philip Morris Spain y/o cualquiera de sus afiliadas, a llevar a cabo prácticas académicas externas no remuneradas en la mencionada empresa. En dicho caso, el alumno seleccionado tendrá un tutor académico y otro empresarial, que se encargarán de solventar sus dudas y de evaluar el aprovechamiento del mismo en los términos y condiciones que se indican en el convenio de cooperación educativa para la realización de prácticas externas del alumnado de la Universidad de La Laguna con la mencionada empresa.

Con respecto al período de prácticas, los estudiantes que accedan al programa aceptarán las obligaciones de cumplir las normas de la empresa, aplicarse con toda diligencia a las tareas que se le encomienden, mantener contacto con sus tutores académico y empresarial, en la forma que estos le indiquen, y guardar secreto profesional y estricta confidencialidad sobre las actividades desarrolladas tanto durante su estancia como finalizada esta.

Sin perjuicio de lo anterior, en ningún caso el período de prácticas podrá exceder en duración al 50% de su carga lectiva semanal, al objeto de poder compaginar adecuadamente las prácticas con los estudios universitarios, a excepción de aquellas prácticas que se desarrollen fuera de las Islas Canarias.

En todo caso, esta posibilidad se ofertará a los adjudicatarios de las becas objeto de la presente convocatoria en procedimiento aparte, en el que se establecerán los periodos de realización de esas prácticas.

Séptima.- Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Los solicitantes deberán cumplimentar el Anexo (solicitud de beca y cumplimiento de obligaciones tributarias y S.S.) de la presente convocatoria, que estará también disponible en https://www.ull.es y presentarlos a través de Sede Electrónica https://sede.ull.es/registry en el plazo antes mencionado o bien, presencialmente a través del Registro General de la Universidad (Pabellón de Gobierno), dirigidos al Vicerrectorado de Docencia (Edificio Central), o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acompañados de la siguiente documentación:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

2. Fotocopia de la matrícula en la ULL durante el curso 2014-2015.

3. Ingresos familiares (a través de la declaración de la renta del ejercicio 2014 de la unidad familiar).

4. Certificación Académica de los estudios cursados y superados.

5. Documento que acredite que son residentes canarios.

6. Certificado de su nivel de inglés, de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en caso de poseerlo.

7. Ensayo auto-definitorio bajo el lema "Cuéntanos, ¿quién eres?", con una extensión no inferior a 500 palabras ni superior a 1.000. El ensayo debe estar redactado en inglés. Los participantes escribirán un ensayo en el que se evaluará su creatividad, iniciativa y visión estratégica, como capacidades fundamentales para acceder al programa de prácticas externas, en su caso.

La documentación señalada en los apartados 6 y 7 se utilizarán para la valoración de méritos de cara al acceso a las plazas para la realización de las prácticas externas que se oferten.

Si la solicitud no viniera acompañada de la documentación señalada en los apartados 1 a 5 y 7, de esta base séptima de la convocatoria, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, proceda a la subsanación, presentando los documentos preceptivos, con indicación que, si así no lo hiciera, se le considerará excluido del proceso de selección, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Octava.- Criterios de selección.

Una vez realizada la revisión administrativa de las solicitudes presentadas, y publicada la lista definitiva de admitidos al proceso de selección, la comisión procederá a la elaboración de una lista de candidatos y suplentes ordenada por la puntuación obtenida aplicando al siguiente baremo:

1. Nivel de renta familiar. Máximo 8,0 puntos.

2. Expediente académico. Máximo 2,0 puntos.

Para la puntuación se tendrán en cuenta los siguientes factores:

a) Se ordenarán las solicitudes en función de los umbrales de renta familiar, siendo prioritario el menor sobre el mayor umbral. Para la determinación de la renta familiar se aplicarán las reglas contenidas en la convocatoria de becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del curso 2014-2015. Se otorgará la máxima puntuación al solicitante con menor umbral de renta, prorrateándose el resto en función de este.

b) La media del expediente académico se hará sobre base 10, otorgándose la máxima puntuación al solicitante de mayor expediente académico, prorrateándose el resto en función de este.

c) Las puntuaciones de emitirán con dos cifras decimales.

d) Los casos de empate se dirimirán teniendo en cuenta primero el nivel de renta familiar, prevaleciendo el menor sobre el mayor y en segundo lugar, el curso de los estudios en que se encontrasen matriculados los solicitantes, de acuerdo a lo establecido en la base tercera de la presente convocatoria.

La documentación aportada en la solicitud no será objeto de devolución.

Novena.- Procedimiento de adjudicación.

Se constituirá una comisión de baremación formada por la Vicerrectora de Docencia, el Jefe del Servicio de Planificación y Gestión Académica y, una persona perteneciente a la empresa Philip Morris Spain, que será la encargada de aplicar el baremo relacionado con la formación académica y niveles de renta de los solicitantes.

Una vez la comisión emita el acta de baremación se emitirá la Resolución de concesión de las becas por parte del Rector de la Universidad, en un plazo máximo de 10 días contados a partir de la publicación de la lista definitiva a la que se hace referencia en la base octava, que se hará pública en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Docencia, así como en la web de la ULL (https://www.ull.es) y se comunicará por correo electrónico a todos los solicitantes.

Los adjudicatarios de las becas, tras la notificación, deberán presentar carta de aceptación en un plazo no superior a 5 días naturales desde la comunicación de la concesión, de lo contrario se entenderá que renuncian a la adjudicación de la beca.

Décima.- Acceso al Programa de Prácticas.

Se formará un jurado para evaluar los ensayos presentados por los solicitantes. Este jurado estará constituido por:

- Por la Universidad de La Laguna:

El Rector o persona en quien delegue.

Un representante del órgano responsable del Programa en la Universidad.

- De Philip Morris Spain (2 personas).

Director/a General de Philip Morris Canarias excepción.

Responsable de Asuntos Corporativos de Philip Morris Canarias.

Se valorará de 1 a 10, teniendo en cuenta su creatividad, iniciativa y visión estratégica, que transmita el ensayo. Esta puntuación se sumará con la obtenida en la concesión de la beca, ponderándose esta al 80% y la del ensayo al 20%.

Una vez el jurado mencionado con anterioridad emita su baremación y se realice la ponderación indicada, se procederá a la publicación de la Resolución de concesión de las plazas ofertadas en el programa de prácticas en un plazo máximo de 20 días contados a partir de la publicación de la oferta de plazas del programa de prácticas, que se hará pública en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Docencia, así como en la web de la ULL (https://www.ull.es) y se comunicará por correo electrónico a todos los solicitantes.

Los adjudicatarios de las becas, tras la notificación, deberán presentar carta de aceptación en un plazo no superior a 5 días naturales desde la comunicación de la concesión, de lo contrario se entenderá que renuncian a la adjudicación de la plaza en el programa de prácticas.

Decimoprimera.- Renuncia e incumplimiento.

Los becarios seleccionados podrán renunciar a la beca en cualquier momento, presentando la renuncia por escrito, antes de la resolución de la misma, en el Registro General de la Universidad.

El incumplimiento de las tareas asignadas al becario, o de las obligaciones contraídas con la Universidad, acarreará la pérdida de la beca, de la totalidad de su dotación económica y la obligación de reintegrar lo percibido, previa instrucción del oportuno expediente contradictorio en el que se concederá audiencia al interesado.

Decimosegunda.- Suplencias.

En los casos de no aceptación en el plazo establecido, renuncia y de pérdida de la beca por incumplimiento, se procederá a ofrecer el disfrute de la beca vacante a los suplentes, utilizando para ello el orden de prelación de la lista de suplentes contemplados en la Resolución de adjudicación. El suplente que renuncie a aceptar la beca ofrecida será eliminado de la lista de suplentes.

Decimotercera.- Incompatibilidad.

Las becas de la presente convocatoria son incompatibles con la percepción de cualquier otra beca, subvención o ayuda de análoga naturaleza e idéntica finalidad, concedida por organismos públicos o privados, durante el periodo de disfrute de la misma, salvo las expresamente consideradas compatibles con el disfrute de esta por la Universidad de La Laguna. Si alguno de los beneficiarios que aplicase parte de la cuantía de la beca a cubrir gastos de tasas y precios de matrícula para el curso 2014-2015 obtuviese una beca destinada al mismo fin y curso vendrá obligado a la devolución de las cantidades percibidas por estos conceptos.

Decimocuarta.- Aceptación de las bases.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente convocatoria.

Decimoquinta.- Recursos.

Contra la presente convocatoria y los actos administrativos derivados de la misma que pongan fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición que podrá interponerse ante el Rector en el plazo de un mes.

La Laguna, a 25 de junio de 2015.- El Rector, Antonio Martinón Cejas.

Ver anexo en las páginas 19641-19641 del documento Descargar

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