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BOC Nº 123. Viernes 26 de Junio de 2015 - 3000

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

3000 Viceconsejería de Políticas Sociales.- Resolución de 16 de junio de 2015, por la que se delega en la persona titular de esta Consejería, la competencia en materia de resolución de recursos de alzada interpuestos contra los actos administrativos dictados por la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.

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BOC-A-2015-123-3000. Firma electrónica - Descargar

Mediante Decreto 64/2013, de 6 de junio, se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, distribuyendo competencias entre sus órganos.

Por Decreto 12/2015, de 19 de febrero, se modifica el Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, creándose la Viceconsejería de Políticas Sociales, de la cual depende la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.

Por Orden nº LOR2015CA00267, de fecha 16 de marzo de 2015, se dispuso la suplencia del Viceconsejero de Políticas Sociales, en la persona titular de la Secretaría General Técnica de este Departamento.

Por otro lado, mediante el Decreto 146/2015, de 11 de junio, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 113, del día 13 de junio de 2015, se dispone el cese de Dña. Ángeles Nieves Fernández Acosta como Directora General de Políticas Sociales e Inmigración.

Ante la situación de vacancia de la referida Dirección General, mediante Orden nº LOR2015CA00699, de fecha 15 de junio de 2015, se procede a la suplencia de la persona titular de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración, por el Secretario General Técnico de la Consejería.

El Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, determina en su artículo 20.1 que contra los actos administrativos que dicten los directores generales cabe recurso de alzada ante la viceconsejería a que estén adscritos o en su defecto, ante el Consejero en los términos previstos en el Procedimiento Administrativo Común.

No obstante, al concurrir en ambos cargos la misma persona titular de la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración así como la de la Viceconsejería de Políticas Sociales, razones de eficacia e imparcialidad hacen conveniente delegar en la persona titular de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, la competencia para resolver los recursos de alzada interpuestos ante la Viceconsejería de Políticas Sociales, contra los actos administrativos dictados por la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.

Por ello, en aplicación de lo dispuesto por los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, la competencia para resolver los recursos de alzada interpuestos ante la Viceconsejería de Políticas Sociales, contra los actos administrativos dictados por la Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración.

Segundo.- En todas las resoluciones que se dicten en el ejercicio de las delegaciones de competencias conferidas por esta Resolución, y que se entienden dictadas por el órgano delegante, deberá hacerse constar expresamente tal circunstancia, con mención a su fecha y publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Salvo autorización expresa de una ley, no podrán delegarse en otros órganos las competencias que se ejerzan por delegación.

Cuarto.- Las delegaciones contenidas en esta Resolución se adoptan sin perjuicio de las facultades de avocación y revocación que ostenta el órgano delegante, de conformidad con la normativa vigente.

Quinto.- La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de junio de 2015.- El Viceconsejero de Políticas Sociales, p.s. (Orden de 16.3.15), El Secretario General Técnico, Francisco Hernández Padilla.

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