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BOC Nº 106. Jueves 4 de Junio de 2015 - 2659

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

2659 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 27 de mayo de 2015, por la que se amplía la Resolución de 17 de abril de 2015, que da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas corporaciones locales de Canarias, se salvan y corrigen determinados errores y omisiones detectados en ella y se deja sin efecto la corrección efectuada mediante Resolución de 5 de mayo de 2015, en el particular relativo al puesto de trabajo de Secretaría, clase primera, del Ayuntamiento de Arucas.

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BOC-A-2015-106-2659. Firma electrónica - Descargar

I. ANTECEDENTES

1º) En el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 27 de abril de 2015, se publicó la Resolución de esta Dirección General de 17 de abril anterior, por la que se dio publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, vacantes en diversas corporaciones locales de Canarias.

2º) Mediante Resolución de 5 de mayo de 2015, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 90, de 13 de mayo, se amplió la de 17 de abril de 2015 y se corrigieron errores advertidos en la misma.

3º) En el Boletín Oficial de Estado nº 117, de 16 de mayo de 2015, se publicó la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de 5 de mayo, por la que se publican las bases del concurso ordinario y las bases específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

4º) El Ayuntamiento de Ingenio, mediante oficio de su Alcaldía de 4 de mayo de 2015, recibido en esta Dirección General el día 13 siguiente, solicita la corrección de errores detectados en la publicación efectuada en el Boletín Oficial de Canarias del día 27 de abril de 2015, en las convocatorias específicas para la provisión de los puestos de trabajo de Secretaría, clase primera, y de Intervención, clase primera, aprobadas por Decreto de la Alcaldía nº 741, de 27 de febrero de 2015, y que se regirán por las bases aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 24 de febrero de 2015, al haberse omitido la celebración de la entrevista.

5º) Con posterioridad al dictado de las indicadas Resoluciones de esta Dirección General de 17 de abril y de 5 de mayo de 2015, el Concejal-Delegado del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana remitió a este Centro Directivo el oficio nº 3.231, de 11 de mayo de 2015, al que acompaña Decreto nº 2288, de la última fecha citada, en cuya virtud se aprueban las bases específicas y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Intervención, clase primera, así como las citadas bases específicas. Se acompañó informe del Secretario General, de fecha 5 de mayo de 2015.

6º) Esta Dirección General ha detectado, en las Resoluciones de 17 de abril y de 5 de mayo de 2015, otros errores y omisiones, referidos, asimismo, a la celebración de la entrevista y a la puntuación mínima para concursar, que, por razones de seguridad jurídica, deben ser corregidos.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 92 bis, apartado 6, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado en virtud del apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, prevé la existencia de dos concursos anuales: el concurso ordinario y el concurso unitario. El concurso unitario será convocado por la Administración del Estado. Respecto del concurso ordinario, las Corporaciones locales con puestos vacantes aprobarán las bases del mismo, de acuerdo con el modelo de convocatoria y bases comunes que se aprueben en el real decreto de desarrollo, y efectuarán las convocatorias, remitiéndolas a la correspondiente Comunidad Autónoma para su publicación simultánea en los diarios oficiales.

Aprobadas por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana las bases específicas para la provisión del puesto de trabajo de Intervención, clase primera, así como la respectiva convocatoria, resulta preceptiva su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento del citado precepto.

Segunda.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite que las Administraciones Públicas puedan rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En su virtud, esta Dirección General, en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 56.2, letra j), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 331/2011, de 22 de diciembre (BOC nº 252, de 27 de diciembre de 2011).

R E S U E L V E:

Primero.- Dar publicidad, en extracto, a la convocatoria de concurso ordinario para la provisión del puesto de trabajo de Intervención, clase primera, del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como de las bases específicas por las que se regirá tal convocatoria, aprobada por la Corporación Local, en los términos siguientes:

INTERVENCIÓN, CATEGORÍA SUPERIOR:

Corporación: Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

Denominación del puesto: Intervención, clase primera.

Subescala: Intervención-Tesorería.

Categoría: Superior.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía del complemento específico: 28.438,62 euros/anuales.

Méritos específicos: no se establecen.

Entrevista personal: no se contempla.

Tribunal de Valoración:

Presidente: D. José Marcelino López Peraza. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplente: Dña. Raquel Alegre Sánchez. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocal 1º: Dña. Ana María Ortega Suárez. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplente: Dña. Ana María Echeandía Mota. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocal 2º: Dña. Paloma Goig Alique. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplente: D. Felipe Mba Ebebele. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocal 3º: Dña. María Dolores Ruiz San Román. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplente: D. Antonio Armas Romero. Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocal 4º: un funcionario de carrera designado a propuesta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Suplente: un funcionario de carrera designado a propuesta de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Aprobación de la convocatoria y bases: Decreto del Concejal-Delegado nº 2288, de fecha 13 de abril de 2015.

Segundo.- Salvar las omisiones detectadas en el Anexo III de la Resolución de esta Dirección General, de 17 de abril de 2015, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 27 de abril, en los términos siguientes:

En la página 9921. Ayuntamiento de Ingenio. Secretaría, clase primera. Añadir el párrafo siguiente:

"Entrevista: se contempla la realización de entrevista para la concreción de méritos de determinación autonómica, sin previsión de gastos de desplazamiento. La fecha, lugar y hora de su celebración será notificada a los aspirantes por el Tribunal al menos con seis días de antelación a su celebración".

En la página 9932. Ayuntamiento de Ingenio. Intervención, clase primera. Añadir el párrafo siguiente:

"Entrevista: se contempla la realización de entrevista para la concreción de méritos de determinación autonómica, sin previsión de gastos de desplazamiento. La fecha, lugar y hora de su celebración será notificada a los aspirantes por el Tribunal al menos con seis días de antelación a su celebración".

En la página 9944. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Jefe de Recaudación. Incorporar la previsión relativa a la realización de entrevista curricular y gastos de desplazamiento.

En la página 9954. Ayuntamiento de Breña Alta. Secretaría, clase segunda. Añadir el párrafo siguiente:

"Realización de entrevista: sí se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, artículos 29 y siguientes en relación con al anexo IV".

En la página 9955. Ayuntamiento de Breña Baja. Secretaría, clase segunda. Añadir el párrafo siguiente:

"Realización de entrevista: sí se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, artículos 29 y siguientes en relación con al anexo IV".

En la página 9958. Ayuntamiento de Santa Úrsula. Secretaría, clase segunda. Añadir el párrafo siguiente:

"Entrevista: se contempla la realización de entrevista para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica".

En la página 9966. Ayuntamiento de Breña Alta. Intervención, clase segunda. Añadir el párrafo siguiente:

"Realización de entrevista: sí se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, artículos 29 y siguientes en relación con al anexo IV".

En la página 9966. Ayuntamiento de Breña Baja. Intervención, clase segunda. Añadir el párrafo siguiente:

"Realización de entrevista: sí se contempla entrevista con los gastos de desplazamiento establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, artículos 29 y siguientes en relación con al anexo IV".

En la página 9971. Ayuntamiento de Santa Úrsula. Intervención, clase segunda. Añadir el párrafo siguiente:

"Entrevista: sí se contempla realización de entrevista para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica".

Tercero.- Dejar sin efecto la corrección efectuada a través de la Resolución de 5 de mayo de 2015, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 90, de 13 de mayo, en el particular relativo a la puntuación mínima para resultar adjudicatario del puesto de trabajo de Secretaría, clase primera, del Ayuntamiento de Arucas.

Dicha puntuación mínima será de 1,5 puntos, de conformidad con las bases específicas que regirán la convocatoria del concurso, aprobadas por la Junta de Gobierno Local de la Corporación, en la sesión ordinaria celebrada el día 20 de febrero de 2015, y tal y como se transcribió, originalmente, en el Anexo III de la Resolución de 17 de abril de 2015, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 27 de abril de 2015, página 9920.

Cuarto.- Los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la organización territorial, régimen económico y fiscal y normativa de la Comunidad Autónoma de Canarias, serán los previstos en el Decreto 277/1997, de 10 de diciembre (BOC nº 170, de 31 de diciembre de 1997), transcritos en el Anexo I de la Resolución de 17 de abril de 2015.

Quinto.- Las bases comunes por las cuales deben regirse el citado concurso son las aprobadas por la Orden de 8 de septiembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de convocatoria conjunta y bases comunes para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 2015.- El Director General de la Función Pública, Aarón Afonso González.

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