Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 104. Martes 2 de Junio de 2015 - 2611

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

2611 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 21 de mayo de 2015, del Director, por la que se rectifican errores materiales detectados en la Resolución de 2 de diciembre de 2014, que concede subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2014, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dentro del Programa de Garantía Juvenil (BOC nº 239, de 10.12.14).

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 249.99 Kb.
BOC-A-2015-104-2611. Firma electrónica - Descargar

Teniendo en cuenta lo establecido en el resuelvo duodécimo de la Resolución de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo nº 14/0088, de fecha 27 de octubre de 2014, por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2014 (BOC nº 210, de 29.10.14), procede rectificar errores materiales detectados en el resuelvo duodécimo de la Resolución de 2 de diciembre de 2014, por la que se conceden subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con los Cabildos Insulares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ejercicio 2014, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dentro del Programa de Garantía Juvenil, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 239, de 10 de diciembre de 2014, de la siguiente forma:

En la página 30716, en el resuelvo duodécimo, donde dice: " (...) La entidad beneficiaria, en el plazo de un mes, computado desde la finalización de la obra o servicio, presentará en el Servicio Canario de Empleo certificación acreditativa de la terminación de la obra o servicio, reintegrando, en su caso, los fondos no utilizados, así como un informe detallado de las obras y servicios realizados (informe de fin de obra o servicio) acompañado de Memoria Descriptiva y Gráfica de la actuación desarrollada (...)"

debe decir: "(...) La entidad beneficiaria presentará en el Servicio Canario de Empleo, dentro del mes siguiente al último pago correspondiente al proyecto, efectuado en el plazo reglamentario, certificación acreditativa de la terminación de la obra o servicio, reintegrando, en su caso, los fondos no utilizados, así como un informe detallado de las obras y servicios realizados (informe de fin de obra o servicio) acompañado de Memoria descriptiva y gráfica de la actuación desarrollada (...)"

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 2015.- El Director, Alejandro Martín López.

© Gobierno de Canarias