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BOC-A-2015-100-2503.
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No habiéndose podido practicar la notificación a la entidad Advisory R.J. Service Las Américas, S.L. de la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 428, de fecha 20 de abril de 2015, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a la entidad Advisory R.J. Service Las Américas, S.L. la Resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, nº 428, de fecha 20 de abril de 2015, recaída en el expediente seguido en esta Agencia por infracción de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas con referencia IC-50/2015 (2015000050), que dice textualmente:
"R E S U E L V O:
Primero.- Declarar la prescripción de la infracción tipificada y calificada de grave en el artículo 90 de la Ley de Costas, consistente en la realización de obras sin autorización en zona de servidumbre de protección de dominio público marítimo-terrestre, en el lugar conocido como "El Médano" en el término municipal de Granadilla de Abona y promovidas por la entidad mercantil Advisory R.J. Service Las Américas, S.L.
Segundo.- Iniciar procedimiento administrativo en orden a restaurar el orden jurídico infringido y a reponer la realidad física alterada a la entidad Advisory R.J. Service Las Américas, S.L.
Tercero.- Informar al interesado de lo siguiente:
a) Dispone de un plazo de audiencia de quince días, a contar a partir del día siguiente a la notificación del presente acuerdo, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse según establece el artículo 84 de la LRJAP y PAC en esta Agencia.
b) El presente procedimiento se desarrolla de acuerdo con el principio de acceso permanente. Por tanto, el expediente administrativo se encuentra a disposición de los interesados en las oficinas de esta Agencia, sita en Rambla de Santa Cruz, 149, Edificio Mónaco de Santa Cruz de Tenerife, en horario de 10 a 12 horas, de lunes a viernes.
c) Podrá obtener copia o certificados de los documentos que obran en el mismo, previa solicitud y pago de las tasas legalmente establecidas.
d) A tenor de lo dispuesto en el artículo 42 de la LRJAP y PAC, el plazo máximo para notificar resolución expresa en el presente proceso es de tres meses, transcurrido el cual se producirá la caducidad del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 de la precitada ley.
Cuarto.- Notificar la presente Resolución a cuantos interesados aparezcan en el expediente, así como comunicar al Ayuntamiento.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos".
Remitir la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y al Ayuntamiento que figura como último domicilio conocido, para su inserción en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2015.- El Director Ejecutivo, Juan José Rodríguez Guerra.
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