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BOC Nº 98. Lunes 25 de Mayo de 2015 - 2430

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

2430 EDICTO de 8 de abril de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000921/2014.

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BOC-A-2015-098-2430. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Paloma Viñas Tormo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 8 de abril de 2015.

Vistos por mí, Dña. María del Carmen Izquierdo Moreno Juez de este Juzgado de Primera Instancia y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 921/2014, a instancia de la entidad Llanos de Chasna, S.A. y representada por el Procurador D. Buenaventura Alfonso González y asistida del Letrado D. Sergio Batista Díaz contra la entidad Cadeten, S.L., declarado en rebeldía procesal, al no concurrir al acto de la vista, en reclamación de la cantidad de 1.301,04 euros,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la entidad Llanos de Chasna, S.A. y representada por el Procurador D. Buenaventura Alfonso González y asistida del Letrado D. Sergio Batista Díaz, debo condenar y condeno a la entidad Cadeten, S.L. en rebeldía procesal, al pago de la cantidad de 1.301,04 euros, más los intereses legales de dicha cantidad; todo ello, con expresa condena al pago de las costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo yo Dña. María del Carmen Izquierdo Moreno, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Arona.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Juez que la suscribe, en el mismo día de su fecha, al estar celebrando audiencia pública en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Cadeten, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 8 de abril de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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