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BOC Nº 94. Martes 19 de Mayo de 2015 - 2315

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

2315 Secretaría General.- Resolución de 6 de mayo de 2015, por la que se ordena la publicación de la segunda Adenda al "Convenio Trilateral de Colaboración entre el Ministerio de Justicia, la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias y la entidad pública empresarial Red.es para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito de la Administración de Justicia, Programa Ius+reD".

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BOC-A-2015-094-2315. Firma electrónica - Descargar

El artículo 11 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscribe a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno el Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiéndole su organización, dirección y gestión.

El artículo 13 de la misma norma establece que, cumplidos todos los trámites establecidos y suscrito un convenio, los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus respectivas secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deben remitirlo a la Secretaría General de la Presidencia para su inscripción registral en formato imagen, según dispone el artº. 14.1.g).

Una vez inscrito el convenio, según el artículo 18 del Decreto 74/2014, la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, en plazo no superior a quince días, ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la segunda Adenda al "Convenio Trilateral de Colaboración entre el Ministerio de Justicia, la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias y la entidad pública empresarial Red.es para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito de la Administración de Justicia, Programa Ius+reD", cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 6 de mayo de 2015.- La Secretaria General, Ángeles Bogas Gálvez.

A N E X O

SEGUNDA ADENDA AL "CONVENIO TRILATERAL DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA, LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E IGUALDAD DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS PÚBLICOS DIGITALES EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, PROGRAMA Ius+reD".

En Madrid, a 29 de diciembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, D. Rafael Catalá Polo, Ministro de Justicia, en virtud del Real Decreto 829/2014, de 28 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, D. Francisco Hernández Spínola, Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, nombrado por Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

De otra parte, D. César Miralles Cabrera, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Entidad Pública Empresarial Red.es.

El Ministerio de Justicia (en adelante "Ministerio de Justicia"), la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, y la Entidad Pública Empresarial Red.es, (en adelante, "Red.es") podrán ser denominadas, individualmente, "la Parte" y, de forma conjunta, "las Partes".

Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Convenio de Colaboración para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito de la Administración de Justicia, Programa Ius+reD y en su virtud,

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 20 de abril de 2010, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Industria Turismo y Comercio (actual Ministerio de Industria Energía y Turismo) y Red.es suscribieron el Convenio Marco de colaboración para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito de la Administración de Justicia, Programa "Ius+reD" (en adelante "Convenio Marco de colaboración").

Segundo.- Que, de conformidad con lo estipulado en la cláusula sexta del Convenio Marco de colaboración, con fecha 24 de noviembre de 2010, el Ministerio de Justicia, la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias (actual Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias) y Red.es suscribieron el Convenio Trilateral de colaboración para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito de la Administración de Justicia, Programa "Ius+reD" (en adelante "Convenio Trilateral"), que figura como Adenda al Convenio Marco de colaboración, según lo estipulado en el Expositivo Quinto del Convenio Trilateral.

Tercero.- Que con fecha 20 de diciembre de 2012 las partes firmaron una Adenda al Convenio con el objetivo de ampliar el periodo de vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2014.

Cuarto.- Que con fecha 26 de mayo de 2014, se firmó una Adenda al Convenio Marco de Colaboración en la que se acordó la ampliación del plazo de vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2015.

Quinto.- Que en virtud de lo dispuesto en la cláusula novena del Convenio Trilateral, el Convenio puede prorrogarse por acuerdo de las partes.

Sexto.- Que reunida la Comisión de Seguimiento con fecha 28 de enero de 2014 las partes acuerdan la ampliación del plazo de vigencia del presente Convenio Trilateral, para garantizar la continuidad en la ejecución de los proyectos en marcha.

Que en base a lo expuesto anteriormente, las Partes

ACUERDAN

Primero.- Modificar la cláusula novena del Convenio Trilateral, ampliando la vigencia del mismo hasta el 31 de diciembre de 2015.

Segundo.- Que salvo en las modificaciones expuestas y en lo que no contradiga a la presente Adenda, se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del Convenio Trilateral y de la Primera Adenda al presente convenio.

En prueba de conformidad, las partes firman por triplicado en el lugar y fecha señalados en el encabezado de la presente Adenda.- El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.- El Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, Francisco Hernández Spínola.- El Director General de la entidad pública empresarial Red.es, César Miralles Cabrera.

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