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BOC Nº 80. Martes 28 de Abril de 2015 - 1960

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana

1960 EDICTO de 9 de marzo de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0001679/2012.

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BOC-A-2015-080-1960. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Alonso Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 27 de enero de 2015.

D. Carlos Suárez Ramos, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos del Juicio Ordinario identificado con el nº 1679/2012, promovido por Rimatel S.L., representado por la procuradora doña Veneranda Blanca Rodríguez Aguiar y asistido del letrado don Enrique Saavedra Martínez; dirigido contra don Guochai Li y doña Chunjin Guan, en situación procesal de rebeldía; en nombre de Su Majestad El Rey, dicta la siguiente resolución:

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por Rimatel, S.L. contra don Guochai Li y doña Chunjin Guan, condeno a los demandados a abonar al actor la cantidad de noventa y cuatro mil doscientos noventa euros con cincuenta céntimos (94.290,50 euros). Se imponen al demandado las costas del procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se interpondrá en plazo de 20 días ante este juzgado, conforme a la nueva redacción del artº. 455 dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncia, manda y firma, D. Carlos Suárez Ramos, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de San Bartolomé de Tirajana.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el Sr. Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Guochai Li y Chunjin Guan, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 9 de marzo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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