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BOC-A-2015-070-1674.
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Por Decreto 81/2009, de 16 de junio, de la Consejería de Sanidad, se establecieron los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud y se fijaban sus cuantías. Posteriormente dicho Decreto fue modificado y actualizado por el Decreto 139/2010, de 4 de octubre, por las Órdenes de 4 de agosto de 2011 y 5 de julio de 2012, de la Consejería de Sanidad y finalmente por las Resoluciones de actualización de precios de 1 de febrero de 2013, de 25 de febrero de 2014 y de 30 de julio de 2014, de la Dirección del Servicio Canario de la Salud.
La Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2015, en su artículo 68 dispone que «la cuantía de los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias experimentará, para el ejercicio 2015, un incremento general del 1 por 100 a partir del 1 de febrero de 2015, salvo que por los órganos competentes para ello actualicen la cuantía de los mismos en los términos previstos en el artículo 224 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio».
En aplicación de dicha disposición se debe proceder a actualizar los precios recogidos en el Anexo I del citado Decreto aplicando un incremento general del 1 por ciento.
Adicionalmente, el Servicio Canario de la Salud suscribió para el periodo 2014-2016 sendos convenios con el Consorcio de Compensación de Seguros y con la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras, UNESPA:
- Convenio marco de asistencia sanitaria pública derivada de accidentes de tráfico.
- Convenio marco para la atención de lesionados en accidente de tráfico mediante servicios de emergencias sanitarias.
Las prestaciones sanitarias contempladas en tales convenios y que figuran en el Anexo II de la presente resolución, deben igualmente modificarse con los precios acordados para el ejercicio 2015.
Por todo lo señalado y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 224 del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias,
R E S U E L V O:
Primero.- Modificar las cuantías de los precios públicos recogidos en el Decreto 81/2009, de 16 de junio, y sus posteriores modificaciones, aplicando a los precios de su Anexo I un incremento general del 1 por ciento y a los de su Anexo II los precios acordados para el ejercicio 2015 en sendos convenios de asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico.
Segundo.- La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de que los precios recogidos en el Anexo I sean de aplicación desde el 1 de febrero de 2015 según lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 6/2013, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2015, y los precios públicos recogidos en el Anexo II sean de aplicación desde el 1 de enero de 2015, de acuerdo con lo estipulado en los convenios correspondientes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 2015.- La Directora, Juana María Reyes Melián.
Ver anexo en las páginas 8486-8497 del documento Descargar
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