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BOC Nº 69. Lunes 13 de Abril de 2015 - 1660

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arona

1660 EDICTO de 3 de febrero de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000149/2012.

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BOC-A-2015-069-1660. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a 29 de enero de 2015.

Dña. Cristina López-Montero Alcántara, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno, de los de este Partido Judicial, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario nº 149/2012, promovidos el Procurador de los Tribunales D. José Ignacio Hernández Berrocal en nombre y representación de la entidad Aktiv Kapital Portfolio, S.A., Oslo, Sucursal en Zug bajo la dirección letrada de D. Jordi Bosch Viñas, contra D. Freddys Daniel González y Dña. Susana Mabel González Fernández, declarados en rebeldía, que versa sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. José Ignacio Hernández Berrocal en nombre y representación de la entidad Aktiv Kapital Portfolio, S.A., Oslo, Sucursal en Zug, contra D. Freddys Daniel González y Dña. Susana Mabel González Fernández.

Dedúzcase testimonio literal de esta resolución, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación a preparar por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco haciéndole saber que de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ, según reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, deberá constituirse depósito por importe de 50,00 euros en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado en Banesto, con el escrito de preparación del recurso de apelación, debiendo acreditarlo de forma fehaciente.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D. Freddys Daniel González Larrosa y Dña. Susana Mabel González Fernández, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Arona, a 3 de febrero de 2015.- El/la Secretario Judicial.

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