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BOC Nº 66. Miércoles 8 de Abril de 2015 - 1600

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana

1600 EDICTO de 16 de marzo de 2015, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio ordinario nº 0000188/2012.

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BOC-A-2015-066-1600. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Alonso Pérez, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

En San Bartolomé de Tirajana, a 22 de febrero de 2015.

Vistos por S.Sª. D. Néstor Porto Rodríguez, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1-5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, con nº 188/2012, seguidos a instancia de D. Christph Friedrich Rothen, contra D. Giovan Battista de Marco y sus herederos y Dña. María Sofía Scala y sus herederos, versando los autos sobre acción declarativa de dominio.

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales representando a D. Christph Friedrich Rothen, contra D. Giovan Battista de Marco y sus herederos y Dña. María Sofía Scala y sus herederos, debo declarar y declaro que D. Christph Friedrich Rothen es dueño de la otra mitad de la finca inscrita a nombre de Dña. Sofía María Scala, al tomo 753, Libro 104, folio 162, inscripción 1ª del Registro de la Propiedad de Mogán, ordenando la inscripción de la finca propiedad de la actora en el citado registro, así como la cancelación y modificación de cualquier anotación contradictoria existente en el Registro de la Propiedad al respecto, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración, todo ello sin hacer condena en las costas.

Llévese certificación de la presente resolución a los autos de su razón, uniéndose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes conforme lo establecido en el artº. 248-4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con indicación de que contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgado dentro del plazo de los veinte días siguientes a la notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Juez que la ha dictado, estando celebrando Audiencia Pública en el día de su fecha por ante mí el Sr. Secretario, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. María Sofía Scala, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 16 de marzo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.

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