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BOC Nº 56. Lunes 23 de Marzo de 2015 - 1298

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria

1298 EDICTO de 18 de noviembre de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio de divorcio contencioso nº 0000807/2014.

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BOC-A-2015-056-1298. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Montserrat Gracia Mor, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a catorce de noviembre de dos mil catorce.

Vistos por doña Carmen María Simón Rodríguez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº Quince (Familia) de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Juicio de Divorcio Contencioso, seguidos con el nº 807/2014, a instancia de la Procuradora doña Elena Perdomo Luz, en nombre y representación de D. Francisco Javier Rodrigo Alemán, asistido de la letrada doña Inmaculada Sánchez Solera, contra Dña. Teresa Cristina Pacheco Da Silva, en situación de rebeldía procesal, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la representación procesal D. Francisco Javier Rodrigo Alemán, contra Dña. Teresa Cristina Pacheco Da Silva en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los litigantes en fecha 12 de junio de 2012, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración, sin que proceda hacer expresa imposición de costas procesales.

Firme que sea esta sentencia remítase testimonio de la misma al Encargado del Registro Civil correspondiente a los efectos oportunos.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas el cual deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Teresa Cristina Pacheco Da Silva, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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