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BOC Nº 27. Martes 10 de Febrero de 2015 - 571

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Los Llanos de Aridane

571 EDICTO de 21 de enero de 2015, relativo al fallo de sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000332/2013.

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BOC-A-2015-027-571. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente: (la parte actora litiga con justicia gratuita).

SENTENCIA

En Los Llanos de Aridane, a 13 de enero de 2015.

S.Sª. Dña. Estrella Monleón Herrera, Jueza de Primera Instancia nº 2 de Los Llanos de Aridane y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso reconducidos a mutuo acuerdo seguidos con el nº 332/2013, promovidos a instancia de Dña. Laura Magaly Sánchez Cabrera, representada por la Procuradora Dña. Antonia María Ginovés Lorenzo y defendida por la Letrada Dña. Ana María Montesinos Afonso, frente a D. José Omar Escalona Álvarez en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por Dña. Laura Magaly Sánchez Cabrera, representada por la Procuradora Dña. Antonia María Ginovés Lorenzo y defendida por la Letrada Dña. Ana María Montesinos Afonso frente a D. José Omar Escalona Álvarez, declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Laura Magaly Sánchez Cabrera y D. José Omar Escalona Álvarez, con todos los efectos legales consiguientes, no se hace especial pronunciamiento sobre costas; firme que sea la presente resolución, comuníquese al Registro Civil correspondiente a los efectos registrales oportunos.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. José Omar Escalona Álvarez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Los Llanos de Aridane, a 21 de enero de 2015.- El/la Secretario Judicial.

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