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BOC Nº 25. Viernes 6 de Febrero de 2015 - 539

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

539 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 3 de febrero de 2015, por la que se somete a información pública el Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa de Adeje y su Informe de Sostenibilidad Ambiental, término municipal de Adeje (Tenerife).

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BOC-A-2015-025-539. Firma electrónica - Descargar

Vistos los informes técnicos elaborados por el Jefe de Servicio Técnico de planeamiento urbanístico oriental y el informe jurídico emitido por la técnico contratada por GesPlan en relación al documento de planeamiento denominado Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa de Adeje, término municipal de Adeje (Tenerife).

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución de esta Dirección General nº 356, de 11 de diciembre de 2014, se incoa el expediente para la tramitación del procedimiento de aprobación del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa de Adeje y se da traslado a la Entidad GesPlan, S.A. en calidad de redactora del Plan, al objeto de que se complete la documentación técnica conforme a lo especificado en la misma.

Segundo.- La elaboración de este Plan de Modernización de Costa de Adeje ha sido encomendada a la entidad GesPlan, mediante Orden por la que se encomienda la redacción de los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad del sector turístico de Adeje, con la finalidad de ofrecer cobertura a las actuaciones, públicas y privadas, de sustitución, rehabilitación de la planta de alojamiento o infraestructura turística y de remodelación urbanística, mediante la delimitación de actuaciones de transformación urbanística, con el objetivo amplio de la renovación turística del área.

Mediante Resolución nº 31 de esta Dirección General, de 2 de febrero de 2015, se acordó someter a información pública el expediente del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa de Adeje y su Informe de Sostenibilidad Ambiental. Sin embargo, el día 2 de febrero de 2015 GesPlan remite un nuevo ejemplar del citado documento en formato digital.

Examinado este último documento, se comprueba que la única variación realizada se refiere a la actuación de renovación urbana prevista en el Siam Park que se ha eliminado en su totalidad, quedando sin efecto la Resolución nº 31, de 2 de febrero de 2015.

En consecuencia, las actuaciones previstas en el Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad de Costa de Adeje son las que se relacionan a continuación:

A) ACTUACIONES EN EL ESPACIO PÚBLICO:

1) ACTUACIONES SOBRE EL SISTEMA COSTERO.

A) MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DE UN PASEO MARÍTIMO CONTINUO Y ACCESIBLE.

Conforman este grupo las siguientes actuaciones:

01: Mejora y acondicionamiento del Paseo Marítimo entre el Barranco de Troya y la Playa del Bobo.

02: Mejora y acondicionamiento del Paseo Marítimo entre Puerto Colón y la Plaza Unterhaching.

03: Ejecución y acondicionamiento del Paseo Marítimo en el tramo del Barranco del Agua.

B) MEJORA, ACONDICIONAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE LA SECCIÓN DE ACCESOS RODADOS A LA COSTA (VÍAS SIN SALIDA).

Se incluyen en esta familia las siguientes actuaciones:

04: Mejora, acondicionamiento y modificación de la sección de la Calle París.

05: Mejora, acondicionamiento y modificación de la sección de la Calle El Beril.

2) ACTUACIONES SOBRE EL SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES Y EQUIPAMIENTOS.

A) MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DE VÍAS PEATONALES TRANSVERSALES A LA COSTA.

Las actuaciones identificadas en este grupo son:

06: Mejora y acondicionamiento de la vía peatonal situada junto a los Apartamentos Parque San Eugenio y su plaza anexa.

07: Mejora y acondicionamiento de la vía peatonal situada junto al Hotel Flamingo y el C.C. Playa La Pinta.

08: Mejora y acondicionamiento de la vía peatonal situada junto al Hotel La Pinta y el C.C. Terranova.

09: Mejora y acondicionamiento de la vía peatonal situada junto al Hotel Flamingo Suites y el Hotel Villa de Adeje Beach.

B) MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS LIBRES EXISTENTES.

Las actuaciones de renovación de espacios libres existentes propuestos por el PMM son:

10: Mejora y acondicionamiento del área ajardinada situada entre la TF-1 y la Avenida de Austria.

11: Mejora y acondicionamiento del espacio libre situado entre el Parque Acuático Aqualand y la Avenida Austria.

12: Mejora y acondicionamiento del espacio libre situado entre la TF-1 y el Parque Acuático Aqualand.

13: Mejora y acondicionamiento del espacio libre situado entre la TF-1 y los Apartamentos Laguna Park I y Tenerife Garden.

14: Mejora y acondicionamiento de la Calle Valencia y el espacio libre anexo.

C) EJECUCIÓN DE ESPACIOS LIBRES.

Las actuaciones incluidas en este grupo son:

15: Ejecución del Parque San Eugenio.

16: Ejecución del Parque Mare Verde.

17: Ejecución del Parque Barranco del Agua.

D) EJECUCIÓN DE EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS.

Se incluye en este grupo la actuación:

18: Ejecución de equipamiento junto al Gran Hotel Bahía del Duque.

3) ACTUACIONES SOBRE EL SISTEMA COMERCIAL.

A) MEJORA, ACONDICIONAMIENTO Y MODIFICACIÓN DE LA SECCIÓN DE AVENIDAS COMERCIALES.

Las intervenciones propuestas para la materialización efectiva de dicho eje comercial son:

19: Mejora, acondicionamiento y modificación de la sección de la Avenida de Los Pueblos.

20: Mejora, acondicionamiento y modificación de la sección de la Avenida de Bruselas. Tramo I.

21: Mejora, acondicionamiento y modificación de la sección de la Avenida de Bruselas. Tramo II.

4) ACTUACIONES SOBRE EL SISTEMA DE MOVILIDAD.

A) EJECUCIÓN DE CARRIL BICI.

Se incluyen en este grupo las intervenciones que suponen únicamente obras de ejecución de un tramo de carril bici segregado de la calzada a través de la reconfiguración de la acera. Entre ellas se encuentran las siguientes:

22: Ejecución de carril bici en la Calle Bolivia.

23: Ejecución de carril bici en la Avenida de Los Pueblos. Tramo Magma.

B) CREACIÓN DE PLAZAS DE ESTACIONAMIENTO EN VÍAS PÚBLICAS.

Entre ellas se encuentran:

24: Creación de aparcamientos en la Calle Castilla.

25: Creación de aparcamientos en las vías del Parque Lineal I.

26: Creación de aparcamientos en las vías del Parque Lineal II.

C) REDISEÑO DE INTERSECCIONES VIARIAS.

Se incluye en este grupo una única intervención:

27: Rediseño de la intersección de la Avenida de los Pueblos en el entorno del Magma.

D) MODIFICACIÓN DE LA SECCIÓN DE CALLES PARA MEJORAR LA CIRCULACIÓN DEL TRÁFICO RODADO.

Conforma esta familia una única actuación:

28: Ampliación de la sección de la Avenida de Los Pueblos en el entorno de la Estación de Guaguas.

E) MEJORA, ACONDICIONAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE CONEXIONES PEATONALES TRANSVERSALES EXISTENTES SOBRE LA TF-1.

Las actuaciones identificadas son:

29: Plataforma de San Eugenio I.

30: Plataforma de la Avenida V Centenario.

31: Plataforma de la Calle Gran Bretaña II.

32: Plataforma de la Calle Gran Bretaña I.

33. Plataforma de La Avenida Europa.

34: Plataforma de la Avenida Ernesto Sartí.

4-F) EJECUCIÓN DE CONEXIONES PEATONALES TRANSVERSALES SOBRE LA TF-1.

Las intervenciones incluidas en este grupo son:

35: Plataforma del Siam Park.

36: Plataforma del Parque San Eugenio.

G) ADECUACIÓN DE LA ESTACIÓN DE GUAGUAS.

37: Adecuación de la Estación de Guaguas es la reconversión de la Estación de Guaguas actual en una parada de guaguas preferente que favorezca el intercambio modal.

H) MEJORA Y ACONDICIONAMIENTO DE RECORRIDOS PEATONALES VINCULADOS A LOS EQUIPAMIENTOS ESTRUCTURANTES.

Las intervenciones incluidas en este grupo son:

38: Adecuación del eje peatonal del Siam Park.

39: Adecuación del viario de acceso al centro comercial Siam Mall.

B) ACTUACIONES EN EL ESPACIO PÚBLICO-PRIVADO:

1) ACTUACIONES SOBRE EL ÁMBITO DE PUERTO COLÓN.

El presente PMM remitirá la ordenación del Puerto Colón a la redacción de un Plan Especial de Ordenación, de acuerdo con el artículo 14 la Ley 14/2003, de 8 de abril, de Puertos de Canarias, y del reglamento de la mencionada ley.

C) ACTUACIONES EN EL ESPACIO PRIVADO:

1) ACTUACIONES DE RENOVACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DE ALOJAMIENTO.

41: Hotel Flamingo.

42: Hotel Troya.

43: Hotel Jardines del Teide.

44: Hotel RIU Palace y Hotel RIU Arecas.

2) ACTUACIONES DE RENOVACIÓN PRIORITARIA DE CENTROS COMERCIALES.

45: Renovación del Centro Comercial Costas.

46: Renovación conjunta de los Centros Comerciales Playa Shop, Bora Bora y Salytien.

47: Renovación del Centro Comercial Las Flores.

Tercero.- Consta en el expediente administrativo del documento de planeamiento informe técnico e informe jurídico para el inicio del expediente, y se ha solicitado al Ayuntamiento de Adeje el trámite de conformidad previsto en el artículo 8.1 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias (en adelante Ley 2/2013).

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 7 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, establece, con objeto de viabilizar la renovación urbana y edificatoria, como instrumento de ordenación urbanística, los Planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad. El título donde se incluye el mencionado precepto se denomina "De la Renovación y Modernización Turística", que ha de tener por objeto las intervenciones públicas necesarias, operaciones que impulsen la reforma y modernización de los alojamientos turísticos y la reactivación económica. Como señala la exposición de motivos, entre los objetivos de mantener la cifra de visitantes y garantizar la rentabilidad de esta actividad económica, "se hace imperativa una labor de puesta al día de un conjunto de áreas turísticas", la Ley regula una serie de medidas tendentes a potenciar la oferta de calidad, incentivar la renovación de la planta alojativa y modular el crecimiento de la misma.

Segunda.- El procedimiento regulado en el artículo 8 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, contempla una tramitación abreviada y de fase única para los planes o programas específicos de modernización, mejora e incremento de la competitividad del sector, siendo aprobados por el Gobierno de Canarias. Su carácter de instrumento de ordenación determina el cumplimiento del trámite de cooperación administrativa previsto en el artículo 11 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, así como la evaluación ambiental estratégica, prevista en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Tercera.- Respecto a la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan, el apartado 1 de la disposición transitoria séptima de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales dispone que "Los procedimientos de evaluación ambiental de planes y programas de carácter territorial o urbanístico que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigor de la presente ley continuarán tramitándose por las reglas procedimentales vigentes cuando se iniciaron hasta su aprobación, salvo que el promotor del plan o programa voluntariamente opte por acogerse al nuevo procedimiento, ordinario o simplificado según corresponda, en cuyo caso se conservarán los trámites y actuaciones ya efectuados, sin necesidad de convalidación o ratificación alguna".

Así, los procedimientos de evaluación ambiental estratégica iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley, como el presente, que fue iniciado por Resolución de 11 de diciembre de 2014, se regirán, conforme al principio de unidad de procedimiento, por la normativa conforme a la cual comenzaron su tramitación, en concreto, la Ley 9/2006, de 28 de abril, de Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas, y el Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los departamentos de la Administración Autonómica de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Dejar sin efecto la Resolución nº 31, de 2 de febrero de 2015, de esta Dirección General, por la que se acuerda someter a información pública el expediente del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa de Adeje y su Informe de Sostenibilidad Ambiental, y se acuerda solicitar informe al Ayuntamiento, Cabildo de Tenerife, y al departamento competente en materia de turismo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a los agentes económicos y sociales a través de sus entidades representativas.

Segundo.- Someter a información pública el expediente del Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Costa de Adeje y su Informe de Sostenibilidad Ambiental, mediante anuncios en el Boletín Oficial de Canarias y diario provincial, por plazo de 2 meses al contener Informe de Sostenibilidad Ambiental, de conformidad con el Documento de Referencia para los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad aprobado por la COTMAC el 29 de mayo de 2012 (BOC nº 122, de 22 de junio de 2012).

Los documentos técnicos podrán ser consultados en https://www.gobiernodecanarias.org/citv, y el expediente estará de manifiesto en la Dirección General de Ordenación del Territorio, sita en la Avenida de Anaga, nº 35, Edificio de Usos Múltiples I, 6ª planta, 38001-Santa Cruz de Tenerife, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, y en la Plaza de los Derechos Humanos, nº 22, Edificio de Usos Múltiples I, 7ª planta, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

Tercero.- Solicitar informe del Ayuntamiento de Adeje, del Cabildo de Tenerife, y del departamento competente en materia de turismo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a los agentes económicos y sociales a través de sus entidades representativas.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2015.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

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