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BOC-A-2015-023-486.
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Vistas las Resoluciones de esta Dirección Gerencia nº 1198/2011, de 15 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 238, de 2 de diciembre de 2011 (corrección de errores en el BOC nº 251, de 23 de diciembre de 2011) y la nº 28/2012, de 13 de enero, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 20, de 30 de enero de 2012, en las que se recogen las Bases Específicas de la convocatoria pública, para la provisión de plazas vacantes de personal laboral de carácter indefinido, devenidas de la Oferta de Empleo Público 2007 (BOC nº 49, de 12 de marzo de 2009), así como lo dispuesto en las Bases Genéricas (BOC nº 18, de 28 de enero de 2004) y su modificación (BOC nº 49, de 12 de marzo de 2009).
Resultando, que ha concluido el proceso selectivo referente a la provisión de 1 plaza vacante de personal laboral de carácter indefinido de Técnico Administración Titulado Superior (Dirección de Gestión), Ingeniero Industrial o Arquitecto, por turno de reserva por promoción interna, iniciado en el Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, y que según consta en el Acta aprobada y firmada por los miembros del Órgano de Selección, designados por la Resolución de esta Dirección Gerencia nº 259/2013, de 19 de febrero, se acordó, por unanimidad, declarar desierta la presente convocatoria, atendiendo a lo establecido en el apartado 3.9 de la base quinta de las Genéricas, al no concurrir en dicho proceso selectivo, ningún candidato que reúna los requisitos establecidos en las Bases Específicas de la mencionada convocatoria.
Considerando, que en el apartado primero de la base undécima de las Específicas se establece que "Obtenidas las puntuaciones finales, los Órganos de Selección publicarán en los tablones de anuncios del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias y en la dirección de Internet: https://www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs/ (Área de Salud/Tenerife/HUC), la relación de candidatos seleccionados por orden de la puntuación final alcanzada y elevarán mediante Resolución de la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, la propuesta de selección de los mismos al Director General de la Función Pública, para su aprobación, si procede".
Resultando, que atendiendo al párrafo anterior, la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, a través de escrito de fecha 15 de diciembre de 2014, autorizó la propuesta para declarar desierta la plaza vacante de personal laboral de carácter indefinido de Técnico Administración Titulado Superior (Dirección de Gestión), Ingeniero Industrial o Arquitecto.
Resultando, que de acuerdo con el apartado segundo de la base undécima de las Específicas, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, a través de las competencias delegadas por la Dirección General de la Función Pública (BOC nº 219, de 7 de noviembre de 2011), contratará y formalizará los contratos laborales fijos, resultantes de la presente convocatoria.
Resultando, que esta Dirección Gerencia es competente para dictar la presente Resolución, en función de las competencias delegadas por la Resolución de 28 de octubre de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias.
Esta Dirección Gerencia,
R E S U E L V E:
Primero.- Declarar desierta la presente convocatoria para la provisión de 1 plaza vacante de personal laboral fijo en su correspondiente categoría de Técnico Administración Titulado Superior (Dirección de Gestión), Ingeniero Industrial o Arquitecto, por Turno de Reserva por Promoción Interna, para el Complejo Hospitalario Universitario de Canarias.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Resolución, que se dicta en virtud de competencias delegadas, y pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de la Función Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, significando que, en el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. En el caso de los aspirantes que participen por el turno de promoción interna cabe interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, ante el Director General de la Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 120, 121 y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común y del artículo 69 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
La Laguna, a 22 de enero de 2015.- El Director-Gerente, Ignacio López Puech.
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