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BOC Nº 20. Viernes 30 de Enero de 2015 - 383

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

383 Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural.- Resolución de 21 de enero de 2015, por la que se da audiencia a los interesados que han participado en la convocatoria, para el año 2014, de las subvenciones destinadas a la adopción de medidas agroambientales para reiterantes, establecidas en la Sección 8ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el periodo de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

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BOC-A-2015-020-383. Firma electrónica - Descargar

Por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 15 de julio de 2014 (BOC nº 142, de 24.7.14), se convocan las subvenciones destinadas a la adopción de medidas agroambientales para reiterantes, establecidas en la Sección 8ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias FEADER para el periodo de programación 2007-2013, aprobadas por Orden de 10 de febrero de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (BOC nº 37, de 23.2.10).

El resuelvo séptimo de la Orden de 15 de julio de 2014 establece que se delega en el Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, la facultad de dictar los actos que ponen fin al procedimiento regulado en la Orden de la convocatoria, así como cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución de la misma.

Asimismo, el apartado 1 del artículo 67 de la citada Orden de 10 de febrero de 2010, establece que la Dirección General competente por razón de la materia llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los actos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, y el apartado 4 del mismo artículo, establece que antes de dictarse la Propuesta de Resolución, el órgano instructor dará trámite de audiencia a los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en aquellos casos en los que haya de tenerse en cuenta para la resolución que ponen fin al procedimiento, cualquier hecho, alegación, prueba distinta de las aducidas por los solicitantes.

Se ha comprobado que los interesados que se relacionan en los anexos de la presente Resolución, adolecen de determinadas condiciones que se indican, para poder ser beneficiarios de las subvenciones objeto de esta convocatoria.

A la vista de lo expuesto, y de los preceptos jurídicos que son de general aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Dar audiencia a los interesados que se relacionan en el Anexo I para que en el plazo de diez días presenten alegaciones y, en su caso, aporten documentos o justificaciones que estimen pertinentes, considerándose que incumplen los requisitos establecidos en el artículo 48 de las bases reguladoras de la Orden de 10 de febrero de 2010.

Segundo.- Dar audiencia a los interesados que se relacionan en el Anexo II, para que en el plazo de diez días presenten alegaciones y, en su caso, aporten documentos o justificaciones que estimen pertinentes, al no acreditar con anterioridad a dictarse resolución de concesión lo previsto en el artículo 79, apartado 1.e) y en el apartado 1.i) de la Orden de 10 de febrero de 2010.

Tercero.- Dar audiencia a los interesados que se relacionan en el Anexo III, para que en el plazo de diez días presenten alegaciones y, en su caso, aporten documentos o justificaciones que estimen pertinentes, considerándose consultado SICOIN, mantiene subvenciones, plazo de justificación vencido, pendiente de justificar.

Cuarto.- Los peticionarios que aparecen en el Anexo IV no son objeto de esta convocatoria, ya que no fueron beneficiarios de la Orden de 21 de abril de 2009 (BOC nº 77, de 23.4.09).

Quinto.- Proceder a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de enero de 2015.- El Director General de Agricultura y Desarrollo Rural, Pedro Tomás Pino Pérez.

Ver anexo en las páginas 2038-2070 del documento Descargar

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