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BOC-A-2015-003-61.
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D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 27 de octubre de 2014.
Vistas por Dña. Ana María Martín-Nieto Martín, Magistrado-Juez de este Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido, las presentes actuaciones correspondientes al juicio verbal, seguido ante este Juzgado con el nº 82/2013 a instancia de la Comunidad de Propietarios Edén, representada por el Procurador de los Tribunales D. José Antonio Campanario Melián, y defendida técnicamente por el letrado D. David Henríquez Hernández, contra Dña. Antonia Llamas Quiñonero, en rebeldía procesal.
FALLO
Estimo la demanda presentada por D. José Antonio Campanario Melián, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Edén frente a Dña. Antonia Llamas Quiñonero, y en su virtud le condeno, al pago de la cantidad de cuatro mil trescientos quince euros con ochenta y siete céntimos (4.315,87 euros), en concepto de cuotas para sostener la comunidad, más aquellas que se vayan devengando hasta la efectiva ejecución de la sentencia, el interés legal y las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe en Arona. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Antonia Llamas Quiñonero, expido y libro el presente en Arona, a 28 de octubre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
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