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BOC Nº 242. Lunes 15 de Diciembre de 2014 - 5512

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

5512 EDICTO de 2 de septiembre de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000833/2013.

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BOC-A-2014-242-5512. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Montserrat del Cristo Pérez Galván, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor sustancial:

SENTENCIA

En Arona, a 6 de marzo de 2014.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Sergio Calle Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona los presentes autos de Juicio verbal nº 833-2013 seguido entre partes, de una como demandante la Comunidad de Propietarios Paraíso del Sol Fase I, dirigida por el Letrado D. Armando Rivero González y representada por el Procurador Dña. María José Arroyo y de otra como demandada D. Julián Thomas Sharp; sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada a instancia de la Comunidad de Propietarios Paraíso del Sol Fase I, dirigida por el Letrado D. Armando Rivero González y representada por el Procurador Dña. María José Arroyo contra D. Julián Thomas Sharp; condenando a la demandada a la cantidad reclamada en las presentes actuaciones y las correspondientes costas procesales.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe, en Arona, a 6 de marzo de 2014.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Julian Thomas Sharp, expido y libro el presente en Arona, a 2 de septiembre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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