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BOC Nº 232. Viernes 28 de Noviembre de 2014 - 5245

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona

5245 EDICTO de 13 de noviembre de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de filiación nº 0000596/2012.

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BOC-A-2014-232-5245. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. José Damián Bailón Pérez-Milá, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Granadilla de Abona, a 16 de octubre de 2014.

Vistos por el Iltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Tres de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal (filiación matrimonial) nº 596/2012, instados por D. Larosi Buhey Mohamed contra Dña. Jadecha Mohamed Salem, en relación con su hijo menor Mahafud Buhey Mohamed-Salem. Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Estimo la pretensión de reclamación de filiación matrimonial paterna y materna ejercitada por D. Larosi Buhey Mohamed frente a Dña. Jadecha Mohamed Salem en relación con Mahafud Larosi Buhey, mayor de edad en este momento, y declaro que D. Larosi Buhey Mohamed es el padre de Mahafud Larosi Buhey y que Dña. Jadecha Mohamed Salem es su madre, con todos los efectos legales inherentes a esta declaración, quedando determinada la filiación paterna y materna de Mahafud como filiación matrimonial.

Comuníquese esta sentencia al Registro Civil en que consta inscrito el nacimiento del hijo (en su caso, al Registro Civil Central).

No procede hacer pronunciamiento sobre costas procesales.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Jadecha Mohamed Salem, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 13 de noviembre de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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