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BOC Nº 207. Viernes 24 de Octubre de 2014 - 4642

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

4642 Viceconsejería de Pesca y Aguas.- Resolución de 8 de octubre de 2014, por la que se aprueba la modificación del modelo normalizado de solicitud de distintos procedimientos, aprobados por la Orden de 15 de octubre de 2008, que regula las condiciones para la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, los requisitos necesarios para la obtención del título de buceador profesional básico, y establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad civil de los centros de enseñanza de buceo profesional.

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BOC-A-2014-207-4642. Firma electrónica - Descargar

Mediante la Orden de 15 de octubre de 2008 (BOC nº 216, de 28 de octubre), por la que se regulan las condiciones para la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, los requisitos necesarios para la obtención del título de buceador profesional básico, y se establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad civil de los centros de enseñanza de buceo profesional, se aprobaron los modelos normalizados de solicitud de los procedimientos relacionados con la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, en el Anexo II de la referida Orden.

La Disposición Adicional Decimotercera del Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa, establece que los modelos normalizados de solicitud aprobados por las normas que regulen los procedimientos podrán ser modificados por resolución del órgano competente para la tramitación del procedimiento correspondiente, que, en todo caso, deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias.

Teniendo en cuenta, asimismo, que de conformidad con los dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE nº 150, de 23 de junio), la iniciación de un procedimiento administrativo a solicitud de interesado por medios electrónicos requerirá la puesta a disposición de los interesados de los correspondientes modelos o sistemas electrónicos de solicitud en la sede electrónica que deberán ser accesibles sin otras restricciones tecnológicas que las estrictamente derivadas de la utilización de estándares en los términos establecidos en el apartado i) del artículo 4 y criterios de comunicación y seguridad aplicables de acuerdo con las normas y protocolos nacionales e internacionales.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y preceptiva aplicación, y de conformidad con la propuesta formulada por el Servicio de Estructuras Pesqueras, en uso de las atribuciones que tengo conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar los modelos normalizados de solicitud del Anexo II, de los procedimientos relacionados con la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, aprobados por la Orden 15 de octubre de 2008, por la que se regulan las condiciones para la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, los requisitos necesarios para la obtención del título de buceador profesional básico, y se establece el importe mínimo del seguro de responsabilidad civil de los centros de enseñanza de buceo profesional.

Segundo.- Aprobar los modelos normalizados de solicitud de los procedimientos relacionados con la expedición y renovación de las tarjetas de identidad profesional para el ejercicio profesional de actividades subacuáticas, que se anexan a esta Resolución, que podrán ser presentados telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de octubre de 2014.- El Viceconsejero de Pesca y Aguas, Juan Manuel Soto Évora.

Ver anexo en las páginas 26007-27016 del documento Descargar

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