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BOC Nº 197. Viernes 10 de Octubre de 2014 - 4363

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4363 Dirección General de Trabajo.- Resolución de 1 de octubre de 2014, por la que se conceden provisionalmente subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias que tengan como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones ergonómicas en el trabajo.

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BOC-A-2014-197-4363. Firma electrónica - Descargar

Vista el Acta de la Comisión de Valoración de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de Canarias que tengan como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones ergonómicas en el trabajo y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden departamental de 8 de mayo de 2014, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria para 2014, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias que tengan como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones ergonómicas en el trabajo.

Segundo.- Mediante Resolución de 7 de julio de 2014, de la Directora General de Trabajo, se designa a los miembros de la Comisión de Valoración de las solicitudes de la citada subvención, en ejercicio de las funciones conferidas por la base 8ª de la Orden departamental de 8 de mayo de 2014.

Tercero.- De conformidad con la base 10ª de la Orden departamental de 8 de mayo de 2014, se requiere a los interesados de las citadas subvenciones, la subsanación de la documentación presentada, concediendo un plazo de diez días hábiles para ello.

Cuarto.- La Comisión de Valoración procedió a la evaluación de las solicitudes de conformidad con los criterios de valoración establecidos en la base 5ª de la Orden departamental de 8 de mayo de 2014, emitiendo la correspondiente propuesta de aprobación o denegación de subvención, en sesión celebrada el 25 de septiembre de 2014.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- Orden departamental de 8 de mayo de 2014, por la que se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria para 2014, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias que tengan como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones ergonómicas en el trabajo.

Tercera.- Es competente para efectuar la presente Resolución la Directora General de Trabajo de conformidad con la delegación efectuada en la Orden 254, de 8 de mayo de 2014, que en su resuelvo quinto dispone, entre otras, la delegación en la Directora General de Trabajo, del ejercicio de la competencia para resolver el concurso de la convocatoria. Dicha delegación fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 96, de 20 de mayo de 2014.

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que tengo delegada,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder, conforme a la valoración efectuada por el órgano colegiado, subvención a las siguientes entidades:

Ver anexo en la página 25995 del documento Descargar

Segundo.- Denegar la subvención a:

APADIS, FASICAN y ATELSAM, debido a que sus solicitudes incumplen con la base 4ª de la convocatoria sobre gastos subvencionables e importe de la subvención.

HERMANAS HOSPITALARIAS COMPLEJO ACAMÁN, por presentar la solicitud fuera de plazo.

ASOCIACIÓN TMT TAXI METROPOLITANO TENERIFE, por no cumplir con las bases 3ª y 4ª.2 de las bases reguladoras de la presente subvención.

Tercero.- Dar por desistidas las solicitudes que se mencionan a continuación por no subsanar en plazo la documentación requerida:

Asociación de Mujeres con Cáncer de Mama de Tenerife.

Asociación Domitila Hernández.

Cuarto.- Conceder un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución para que los interesados acepten la subvención o, si lo estima oportuno, presenten alegaciones.

En el caso de que no se otorgue la aceptación en dicho plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Quinto.- Que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en la base 12ª de la Orden de 8 de mayo de 2014.

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2014.- La Directora General de Trabajo, Ana Isabel Fernández Manchado.

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