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BOC Nº 197. Viernes 10 de Octubre de 2014 - 4362

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

4362 ORDEN de 26 de septiembre de 2014, por la que se delegan en el Director General de Comercio y Consumo determinadas competencias en relación a diversas subvenciones directas concedidas con cargo al Programa de Actuación Plurianual para la Potenciación de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias.

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BOC-A-2014-197-4362. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Mediante las Órdenes departamentales de la Consejera de Empleo, Industria y Comercio que se relacionan a continuación se concedieron a determinadas entidades locales y organizaciones empresariales sendas subvenciones directas con cargo al Programa de Actuación Plurianual para la Potenciación de las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias:

Ver anexo en la página 25991 del documento Descargar

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, señala que son órganos competentes para conceder subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

A su vez, los artículos 20.2, 23.2, 36.1, 40, 41 y 43 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, atribuye al órgano concedente de las subvenciones la competencia para la modificación de la resolución de concesión, la ampliación del plazo de justificación, la comprobación de la justificación documental de la subvención y el inicio y resolución de los procedimientos de reintegro y sancionadores de estas, respectivamente.

Segunda.- El artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en los términos que en dicho precepto se establecen.

Tercera.- El artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que el ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello.

En su virtud, en ejercicio de la competencia atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director General de Comercio y Consumo las competencias que se relacionan a continuación referidas a las subvenciones directas concedidas mediante las órdenes departamentales que figuran en el anexo:

a) Modificar, cuando proceda, la resolución de concesión y la ampliación de los plazos establecidos en la misma.

b) La comprobación de la justificación de las subvenciones y el abono de las mismas.

c) El inicio y resolución de los procedimientos de reintegro.

d) El inicio y resolución de los procedimientos sancionadores.

Segundo.- Las resoluciones que sean dictadas en virtud de esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de septiembre de 2014.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Francisca Luengo Orol.

Ver anexo en las páginas 25993-25993 del documento Descargar

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