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BOC Nº 192. Viernes 3 de Octubre de 2014 - 4259

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

4259 ORDEN de 20 de septiembre de 2014, por la que se nombran funcionarias en prácticas a las aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 2 de mayo de 2013, a las que se les concedió aplazamiento para su realización mediante Resolución de 23 de agosto de 2013, de la Dirección General de Personal.

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BOC-A-2014-192-4259. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta del Director General de Personal de fecha 15 de septiembre de 2014, relativa al nombramiento como funcionarias en prácticas de las aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden nº 197, de 2 de mayo de 2013, a las que se les concedió aplazamiento para la realización de las mismas mediante Resolución del Director General de Personal nº 1755, de 23 de agosto de 2013 y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución nº 1755 de 23 de agosto de 2013, de la Dirección General de Personal (BOC nº 169, de 3.9.13), se aprueban las listas de aspirantes seleccionados para realizar la fase de prácticas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por la Orden nº 197, de 2 de mayo de 2013 (BOC nº 84, de 3.5.13).

El resuelvo cuarto de dicha Resolución concede a las aspirantes doña Lara María Casado Sanz, doña María del Mar de la Rosa Moreta y doña Elodie Valle, el aplazamiento, por una sola vez, de la fase de prácticas en el curso 2013-2014, debiendo realizarla en el curso 2014-2015.

Segundo.- Por Orden nº 485, de 9 de octubre de 2013 (BOC nº 202, de 18.10.13), se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 2 de mayo de 2013.

En su resuelvo primero se dispone "nombrar funcionarios en prácticas a los aspirantes que han sido seleccionados, excluyendo a los que se les ha concedido aplazamiento para realizar la fase de prácticas, en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden nº 197/2013, de 2 de mayo (BOC nº 84, de 3.5.13), y que figuran en el anexo de esta Orden".

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la Disposición Transitoria Decimoséptima de la citada Ley (BOE nº 53, de 2.3.07).

El artículo 29 de este Real Decreto se refiere al nombramiento de funcionarios en prácticas, especificando que una vez formadas las listas de aspirantes seleccionados, el órgano convocante procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los integrantes de las mismas.

Segundo.- La Orden nº 197, de 2 de mayo de 2013, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, especialmente en sus bases:

- 12.3. "Por Orden del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, se procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas, para su realización en el curso 2013-2014, de los aspirantes seleccionados, con excepción de aquellos que soliciten y obtengan el aplazamiento de las mismas para el siguiente curso escolar".

- 12.4. "Desde el momento de su nombramiento como funcionarios en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios de carrera, los aspirantes seleccionados tendrán la condición de funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros".

14.3. "Si algún funcionario en prácticas no pudiera completar el periodo mínimo a que se refiere el apartado 14.1 anterior, por causas sobrevenidas y justificadas, apreciadas por la Dirección General de Personal, se le podrá conceder el aplazamiento de la fase de prácticas para realizarla durante el curso 2014/2015".

Conforme a los anteriores fundamentos jurídicos y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, vigente en tanto no se derogue expresamente, de conformidad con la previsión contenida en la Disposición Transitoria Primera del Decreto 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 138, de 14.7.11), y el Decreto 88/2011, de 8 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 135, de 11.7.11),

R E S U E L V O:

Primero.- Nombrar funcionarias en prácticas a doña Lara María Casado Sanz, con N.I.F. 78512718X; doña María del Mar de la Rosa Moreta, con N.I.F. 53620825M y doña Elodie Valle, con N.I.E. X5281800B, aspirantes seleccionadas en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado por Orden de 2 de mayo de 2013.

Segundo.- Disponer que su nombramiento como funcionarias en prácticas se realice con fecha de 1 de septiembre de 2014, surtiendo efectos administrativos y económicos a partir de la toma de posesión en el centro docente de destino donde han sido nombradas para la realización de las mismas. La fecha de toma de posesión servirá, asimismo, para iniciar el cómputo del período de prácticas regulado en la base 14 de la Orden de convocatoria.

Tercero.- Disponer que, sin perjuicio de la duración efectiva de la fase de prácticas, la situación administrativa de las aspirantes nombradas funcionarias en prácticas mediante esta Orden se mantendrá hasta que se produzca su nombramiento como funcionarias de carrera por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar a partir de la fecha en que dicho recurso sea interpuesto.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de septiembre de 2014.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD,

José Miguel Pérez García.

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