Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 188. Lunes 29 de Septiembre de 2014 - 4164

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

4164 EDICTO de 5 de junio de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000188/2012.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 227.36 Kb.
BOC-A-2014-188-4164. Firma electrónica - Descargar

Dña. Montserrat del Cristo Pérez Galván, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 19 de julio de 2013.

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Sergio Calle Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona los presentes autos de Juicio verbal n° 188-2012 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Lidia Ainsa Sentis dirigida por el letrado D. Juan Pedro Sánchez y representada por el procurador Dña. María Isabel Navarro Gómez, y de otra como demandada D. Jaison Esnaider Noreña Munera; sobre reclamación de Hacer.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada a instancia de Dña. Lidia Ainsa Sentis dirigida por el letrado D. Juan Pedro Sánchez y representada por el procurador Dña. María Isabel Navarro Gómez contra D. Jaison Esnaider Noreña Munera; condenando a la demandada a las reparaciones necesarias en la vivienda del demandado para eliminar la avería que causa las filtraciones de agua y las reparaciones necesarias en la vivienda de la actora para arreglar los daños sufridos por esas filtraciones y las correspondientes costas procesales.

El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella (artículo 458 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Secretario Judicial doy fe, en Arona, a 19 de julio de 2013.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Jaison Esnaider Noreña Munera, expido y libro el presente en Arona, a 5 de junio de 2014.- La Secretario/a Judicial.

© Gobierno de Canarias