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BOC Nº 172. Viernes 5 de Septiembre de 2014 - 3863

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

3863 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 19 de agosto de 2014, del Director Ejecutivo, que notifica a Dña. María Milagros Hernández Ruiz, el requerimiento de 11 de junio de 2014.- Expte. IU-604/2014 (2014000604).

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BOC-A-2014-172-3863. Firma electrónica - Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación a Dña. María Milagros Hernández Ruiz del requerimiento de esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 11 de junio de 2014, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. María Milagros Hernández Ruiz el requerimiento de esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 11 de junio de 2014, formulado en el expediente que se tramita en esta Agencia con referencia IU-604/2014 (2014000604), que dice textualmente:

"En relación con las obras ejecutadas en el lugar denominado Camino Los Lomitos, nº 5, (coordenadas UTM: X: 361.073,09/Y: 3.134.416,31/referencia catastral: 38020A020000378/polígono 20, parcela 378) del término municipal de Güímar, consistentes en construcción de vivienda, sin la preceptiva calificación territorial ni licencia urbanística exigible, de las que resulta ser presunto responsable, se le requiere para que en el plazo de tres (3) meses inste la legalización de las obras que ha ejecutado, mediante la solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística, manifestándole que, si al tiempo de formular la propuesta de resolución o de dictar la resolución definitiva del procedimiento sancionador, se hubiese obtenido la legalización de la edificación o resolución judicial firme suspensoria de la orden de demolición, se propondrá o acordará la multa que deba imponerse, con aplicación sobre la misma de una reducción del sesenta por ciento.

Se pone en su conocimiento, que el otorgamiento de la calificación territorial requiere solicitud del interesado ante el Ayuntamiento del lugar donde se localicen las obras, formalizada mediante documentación bastante, acreditativa de la identidad del promotor, la titularidad de derecho subjetivo suficiente sobre el terreno correspondiente, la justificación de la viabilidad y características del acto de aprovechamiento del suelo pretendido y, en su caso, de su impacto en el entorno, así como de la evaluación ecológica o ambiental y la descripción técnica suficiente de las obras e instalaciones a realizar.

Si durante la fase inicial municipal, el Ayuntamiento no emite informe en el plazo máximo de un mes, usted debe reproducir la solicitud directamente ante el Cabildo Insular".

Remitir la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y al Ayuntamiento que figura como último domicilio conocido, para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de agosto de 2014.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.

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