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BOC Nº 172. Viernes 5 de Septiembre de 2014 - 3860

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

3860 Viceconsejería de Medio Ambiente.- Anuncio de 28 de julio de 2014, por el que se notifica la Resolución de 21 de marzo de 2014, que acuerda proceder a la cancelación de la inscripción en el Registro de Auditoría Medioambientales (EMAS) de la Comunidad Autónoma de Canarias de la Fundación Canaria de Formación y Empleo.

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BOC-A-2014-172-3860. Firma electrónica - Descargar

Visto que con fecha 10 de abril de 2014, la Viceconsejería de Medio Ambiente ha intentado notificar la Resolución nº 177, por la que se cancela la inscripción en el Registro de Organizaciones Adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) de la Comunidad Autónoma de Canarias de la Fundación Canaria de Formación y Empleo, sin que se haya podido practicar la misma.

Considerando lo previsto en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Hacer pública la Resolución nº 177, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, por la que se acuerda proceder a la cancelación en el Registro de Organizaciones Adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) de la Comunidad Autónoma de Canarias de la Fundación Canaria de Formación y Empleo, que tiene el tenor literal siguiente:

"Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente por la que se acuerda proceder a la cancelación de la inscripción en el Registro de Organizaciones Adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) de la Comunidad Autónoma de Canarias de la Fundación Canaria de Formación y Empleo.

ANTECEDENTES

1º.- Con fecha 10 de septiembre de 2010, se procede a inscribir en el Registro de Organizaciones Adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Fundación Canaria de Formación y Empleo.

2º.- Esta Viceconsejería de Medio Ambiente ha detectado que la citada entidad no ha presentado en el plazo de tres meses otorgado los anexos I y II del Decreto 35/2002, de 8 de abril, debidamente cumplimentados, y las actualizaciones validadas anuales de la declaración medioambiental a partir del año 2011.

3º.- Con escrito de fecha 5 de septiembre de 2013, se intenta por dos veces la notificación del mismo, que le otorga un trámite de audiencia de quince días hábiles al interesado en la dirección que aparece en el expediente.

4º.- Se da publicidad al trámite de audiencia otorgado a la Fundación Canaria de Formación y Empleo, en el Boletín Oficial de Canarias del día 14 de febrero de 2014.

5º.- A la vista de lo expuesto, este Centro Directivo concluye que la Fundación Canaria de Formación y Empleo no cumple con lo exigido en el Reglamento EMAS por lo que procede la cancelación de su inscripción en el citado Registro.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Resulta de aplicación al presente procedimiento, en primer lugar, el Reglamento (CE) nº 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) nº 761/2001 y las Decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE, de la Comisión.

Segundo.- A nivel estatal, esta materia se regula en el Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación de la citada regulación comunitaria, con carácter de legislación básica en materia de protección del medio ambiente, si bien según la disposición transitoria segunda de esta norma reglamentaria, los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigor, se resolverán conforme a lo previsto en la normativa vigente en el momento de su inicio, esto es, el Real Decreto 85/1996, de 26 de enero.

Tercero. En la Comunidad Autónoma de Canarias está vigente el Decreto 35/2002, de 8 de abril, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Canarias del Reglamento (CE) nº 761/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales (EMAS), cuyo artículo 11 recoge las causas por las que procede operar la cancelación de la inscripción registral, en el supuesto concreto, cuando una organización no presente, en un plazo de tres meses a partir del momento en que se le haya solicitado los anexos I y II de este Decreto debidamente cumplimentados y las actualizaciones validadas anuales de la declaración medioambiental.

Asimismo, el apartado 4 del mismo artículo 11 exige el otorgamiento de un trámite de audiencia al interesado con carácter previo a que sea dictado el acto por el que se resuelva la cancelación de la inscripción.

Cuarto.- En cuanto a la competencia y de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 del citado Decreto 35/2002, es competencia del titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente la cancelación de la inscripción de una organización en el Registro EMAS.

Según este mismo precepto reglamentario, recae igualmente en la Viceconsejería de Medio Ambiente la remisión, de forma inmediata, de las incidencias del Registro EMAS al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su traslado a la Comisión Europea.

Quinto.- En los aspectos procedimentales no recogidos en las normas citadas en los apartados anteriores, se han aplicado con carácter supletorio las reglas generales de procedimiento administrativo previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el expediente administrativo y la citada regulación,

R E S U E L V O:

Primero.- Cancelar la inscripción en el Registro de Organizaciones Adheridas al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Fundación Canaria de Formación y Empleo, número ES.IC.0000077.

Segundo.- Notificar la presente resolución a la Fundación Canaria de Formación y Empleo, así como al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para su traslado a la Comisión Europea.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- La Viceconsejera de Medio Ambiente, p.d., el Director General de Protección de la Naturaleza (Resolución nº 104, de 20.2.14)".

Segundo.- Publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de julio de 2014.- La Viceconsejera de Medio Ambiente, p.s., el Director General de Protección de la Naturaleza (Orden nº 255, de 14.7.14), Pedro Damián Cuesta Moreno.

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