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BOC Nº 152. Jueves 7 de Agosto de 2014 - 3534

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V. ANUNCIOS - Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda

3534 Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio de 18 de julio de 2014, de la Directora, por el que se notifica a los solicitantes relacionados en el Anexo I las Resoluciones de inscripción como demandantes de vivienda protegida de promoción pública en régimen de arrendamiento que pueden participar en el procedimiento de adjudicación de las promociones denominadas "58 Viviendas protegidas de promoción pública, ubicadas en la Avenida Joan y Víctor Jara/Avenida de Las Ramblas, en la parcela 607 del Valle de Jinámar", y "57 Viviendas protegidas de promoción pública, ubicadas en la calle Drago y Avenida Pintor Felo Monzón", en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria, y se les requiere para la aportación de documentación.

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BOC-A-2014-152-3534. Firma electrónica - Descargar

Primero. - El procedimiento de adjudicación de las Viviendas Protegidas de Promoción Pública viene regulado en el Decreto 138/2007, de 24 de mayo, por el que se establece el Régimen de adjudicación de las Viviendas protegidas de promoción Pública de titularidad del Instituto Canario de la Vivienda (BOC nº 114, de 8 de junio) modificado por el Decreto 96/2012, de 13 de diciembre (BOC nº 250), y regulándose mediante Orden de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda (BOC nº 198, de 8 de octubre), el régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias (en adelante RPDVPC).

Segundo.- Se dictó Resolución el 28 de diciembre de 2012, del Director del Instituto Canario de la Vivienda, por la que se anuncia el inicio del procedimiento de adjudicación de las promociones denominadas "58 Viviendas de Promoción Pública, ubicadas en la Avenida Joan y Víctor Jara/Avenida de Las Ramblas, en la Parcela 607 del Valle de Jinámar", y "57 Viviendas Protegidas de Promoción Pública, ubicas en la calle Drago y Avenida Pintor Felo Monzón, ambas en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, isla de Gran Canaria estableciendo en su Hecho IV, que podrán concurrir al procedimiento de adjudicación de la promoción, los demandantes de vivienda protegida que se encuentren inscritos en el RPDVPC hasta el 31 de enero de 2013, esta última fecha incluida. Asimismo, a la citada fecha se deberán acreditar los requisitos generales y, en su caso, específicos, requeridos para resultar adjudicatario.

Tercero.- La competencia para realizar todas las actuaciones previas encaminadas a la adjudicación de las viviendas protegidas de promoción pública de titularidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, le corresponde a la Directora del Instituto Canario de la Vivienda, conforme lo que establecen los artículos 15.2 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, y 10.1.C).b) de los Estatutos del citado organismo autónomo, aprobados mediante Decreto 152/2008, de 7 de julio.

Cuarto.- Concurre, en quienes se relacionan en el Anexo I del presente anuncio el hecho de que habiendo intentado notificación de inscripción en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias y, estando incluidos en el listado inicial de la Promoción no han podido ser notificados de su inscripción y consiguiente participación en el proceso de adjudicación.

Quinto.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por medio del presente anuncio se cita a los interesados o a su representantes, debidamente acreditados, a que comparezcan en el Instituto Canario de la Vivienda, calle J.R. Hamilton, nº 16, Edificio Daida, Residencial Anaga, Tenerife de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00 horas, en el plazo de 10 días, contados desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en Boletín Oficial de Canarias, conforme a lo previsto en el artículo 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos de notificarles la Resolución individualizada de Inscripción en el Registro Público de Demandante de Vivienda Protegida de Canarias y por medio del presente anuncio se les requiere para la aportación de documentación que a continuación se relaciona:

1. La documentación que acredite, si se hubieran producido, las modificaciones y variaciones de las circunstancias que sirvieron de base para su inscripción.

2. Aquellos demandantes inscritos relacionados en el Anexo I, que no hayan estado empadronados de forma ininterrumpida durante todo el periodo comprendido entre el 1 de febrero de 2011 y el 31 de enero de 2013 en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, a los efectos de que acrediten en el plazo de diez (10) días los siguientes requisitos:

- Haber residido y/o trabajado en un municipio limítrofe: dicho extremo se acreditará mediante la aportación de certificado de empadronamiento en municipio limítrofe o de certificado emitido por la empresa, si se tratara de relación de trabajo por cuenta ajena, documentos que acrediten el alta y la cotización al Régimen General de la Seguridad Social, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial de Empleados del Hogar, Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o en la mutualidad de previsión social del colegio profesional.

- Haber sido trasladado, por motivos laborales a un municipio no limítrofe: dicho extremo se acreditará mediante certificado de empadronamiento en todo caso junto con el certificado del traslado emitido por la empresa si se tratara de relación de trabajo por cuenta ajena o con los documentos que acrediten el alta y la cotización al Régimen General de la Seguridad Social, Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, Régimen Especial de Empleados del Hogar, Régimen Especial de Trabajadores del Mar, o en la mutualidad de previsión social del colegio profesional.

3. Aquellos demandantes inscritos relacionados en el Anexo I, cuya solicitud de Inscripción se haya producido con anterioridad al 30 de junio de 2012, a los efectos de que aporten, en el plazo de diez días, copia de la Declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2011 o, en su defecto, declaración responsable de ingresos correspondiente a dicho ejercicio fiscal.

En cualquier caso, en base a lo establecido en el artículo 7 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, los demandantes inscritos relacionados en el Anexo I deberán acreditar por cualquier medio la totalidad de las cantidades percibidas por cualquier concepto por cada uno de los miembros de la unidad familiar, siempre referidos al ejercicio 2011 (se adjunta modelo de declaración jurada en el Anexo II).

4. Aquellos demandantes inscritos que, a fecha 31 de enero de 2013 estuvieran percibiendo, tanto el titular como cualquiera de los miembros de la unidad familiar, algún tipo de Ayuda o Subvención a la Vivienda, o cuenten con Resolución estimatoria a cualquier solicitud de ayuda o subvención a la Vivienda, para que en el plazo de diez días presenten renuncia a dicha ayuda con reintegro, en su caso, de las cantidades recibidas desde el momento de la fecha en que se produjo la inscripción en el RPDVPC.

Sexto.- El plazo de diez días a que se refieren los apartados anteriores se computará a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Si transcurrido dicho plazo el interesado no hubiera comparecido, la notificación de inscripción se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Asimismo, la documentación habrá de presentarse, en dicho plazo, en las oficinas del Instituto Canario de la Vivienda, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La no presentación de la documentación requerida, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto 138/2007, de 24 de mayo, dará lugar a que se le tenga por decaído en su derecho al trámite quedando, en su caso, excluido del proceso de adjudicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de julio de 2014.- La Directora, Sulbey González González.

Ver anexo en las páginas 21287-21293 del documento Descargar

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