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BOC-A-2014-151-3478.
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Mediante Orden de 20 de mayo de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 106, de 5 de junio de 2013, se crea y regula la sede y registro electrónico del Departamento, teniendo como finalidad la de disponer de un punto de acceso electrónico desde las redes de telecomunicaciones para que los ciudadanos puedan acceder a los distintos servicios, actuaciones y procedimientos que requieran la autenticación de los ciudadanos por medios electrónicos, con las debidas garantías jurídicas en cuanto a las condiciones de confidencialidad, integridad y disponibilidad de las informaciones y comunicaciones que se realicen a través de la sede.
La Disposición Adicional Primera de la mencionada Orden habilita a la Secretaría General Técnica para adoptar las resoluciones necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la misma.
Asimismo, en su Disposición Adicional Segunda, dicha Orden prevé que, a propuesta de los órganos superiores responsables de la tramitación de los respectivos procedimientos, corresponderá a la Secretaría General Técnica, la aprobación de los modelos normalizados de solicitudes y demás formularios de documentos de aquellos procedimientos cuya presentación se pueda realizar a través del registro electrónico.
Se suscribe Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas y el organismo autónomo Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria para la incorporación de este organismo a la sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, el 27 de febrero de 2014, con el objeto de dar cauce a través de la misma a la gestión y servicios que competen a dicho organismo autónomo.
De acuerdo con la cláusula tercera del referido Convenio de Colaboración, se asume la responsabilidad que compete a este Departamento por razones de la titularidad y la gestión tecnológica de la sede, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Orden de 20 de mayo de 2013.
De conformidad con lo anteriormente expuesto y, haciendo uso de las facultades que tengo conferidas,
R E S U E L V O:
Primero.- Incorporar, a la sede electrónica del Departamento, los siguientes procedimientos gestionados por el organismo autónomo Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, para su inicio telemático:
- Baja voluntaria del Registro de Operadores de Agricultura Ecológica de Canarias.
- Cancelación de la inscripción en el Registro de Envasadores y Embotelladores de Vinos y Bebidas Alcohólicas.
Segundo.- Incorporar, a la sede electrónica del Departamento, los siguientes modelos normalizados de solicitud, aprobados por Resolución del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria de fecha 24 de julio de 2014:
- Solicitud de baja voluntaria del Registro de Operadores de Agricultura Ecológica de Canarias.
- Solicitud de cancelación de la inscripción en el Registro de Envasadores y Embotelladores de Vinos y Bebidas Alcohólicas.
Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra este acto podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2014.- El Secretario General Técnico, José Luis Barreno Chicharro.
Ver anexo en las páginas 21009-21011 del documento Descargar
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