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BOC Nº 132. Jueves 10 de Julio de 2014 - 3027

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Güímar

3027 EDICTO de 19 de junio de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000646/2012.

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BOC-A-2014-132-3027. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Güímar, a 19 de junio de 2014.

Dña. Beatriz Pérez Rodríguez, Jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de Güímar, habiendo visto los presentes autos de divorcio contencioso nº 646/2012, promovidos por D. Joel Betancor García, representado por la Procuradora Dña. Margarita Martín González, y bajo la dirección del Letrado D. José Lázaro Peraza Rodríguez, siendo demandada Dña. Maidibis Rodríguez Valdivia, en rebeldía procesal, sin la intervención del Ministerio Fiscal.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por D. Joel Betancor García, siendo demandada Dña. Maidibis Rodríguez Valdivia, y en consecuencia, debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio formado por los anteriores en virtud de divorcio con todos los efectos legales.

No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.

Pronúnciese esta sentencia en audiencia pública y notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra ella puede interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este mismo Juzgado, del que conocerá la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Maidibis Rodríguez Valdivia, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Güímar, a 19 de junio de 2014.- La Secretaria Judicial.

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