Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 234.92 Kb.
BOC-A-2014-130-2988.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. David García Muñoz, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 28 de octubre de 2013.
Vistos por mí, Rosa María Reyes González, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Arona y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio verbal 185/2013 promovidos por don Felipe Martín Abreu, representado por el Procurador de los Tribunales, doña Ana Pastor Llarena y con la asistencia de la Letrada, doña María Teresa de Burgos Isidro y, en calidad de demandados, don José Manuel Rodríguez Martín, representado por el Procurador de los Tribunales, don Buenaventura Alfonso González y con la asistencia de la Letrada, doña Ruth Rodríguez Afonso; igualmente, doña Sara Robayna Robayna; los ignorados herederos de don Miguel Ángel Melo Martí y, finalmente, don José Antonio Melo Martí, incomparecidos en autos y declarados en situación procesal de rebeldía.
FALLO
Se estima, íntegramente, la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, doña Ana Pastor Llarena, en nombre y representación de don Felipe Martín Abreu frente a doña Sara Robayna Robayna e ignorados herederos de don Miguel Ángel Melo Martí y, en consecuencia, se declara la titularidad del dominio a favor del actor respecto de la plaza de garaje, identificada con el número interno, 54 y mitad del 53 y que representa una 1,5/63 avas partes de la superficie total del local de garaje, identificado con el número 2, con una extensión de 1.323 metros cuadrados, ubicado en el sótano I o menos profundo del Complejo turístico sito en Los Cristianos, zona de la Playa de la Carnada, denominado "Las Torres del Sol" y que linda al norte, con el subsuelo de la vía; al sur, este y oeste, con zonas comunes y que aparece inscrito como finca registral número 11.535, tomo 1910, libro 1081, folio 185, del Registro de la Propiedad de Arona, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración; todo ello, con condena en costas procesales.
Se desestima, íntegramente, la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, doña Ana Pastor Llarena, en nombre y representación de don Felipe Martín Abreu frente a don José Manuel Rodríguez Martín y don José Antonio Melo Martí, absolviéndoles de todos sus pedimentos; se condena en costas procesales a la parte actora.
Líbrese testimonio de la presente el cual se llevará a los autos de su razón quedando el original en el presente libro. Notifíquese la sentencia a las partes personadas en el procedimiento.
Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a los demandados en paradero desconocido Dña. Sara Robayna Robayna e ignorados herederos de D. Miguel Ángel Melo Martí, expido y libro el presente en Arona, a 9 de junio de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
© Gobierno de Canarias