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BOC Nº 130. Martes 8 de Julio de 2014 - 2985

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

2985 DECRETO 70/2014, de 26 de junio, por el que se crean y suprimen diferentes centros educativos en las islas de Tenerife y Gran Canaria y se integra a su alumnado, a partir del curso escolar 2014/2015.

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BOC-A-2014-130-2985. Firma electrónica - Descargar

De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la prestación del servicio público de la educación se realizará a través de los centros públicos y privados concertados, los cuales orientarán su actividad a la consecución de los principios y fines de la educación establecidos en la citada Ley. Además, en la programación de la oferta de plazas, las Administraciones educativas armonizarán las exigencias derivadas de la obligación que tienen los poderes públicos de garantizar el derecho de todos a la educación y los derechos individuales de alumnos, padres y tutores.

En concreto, las Administraciones educativas programarán la oferta educativa de las enseñanzas que en dicha Ley se declaran gratuitas teniendo en cuenta la oferta existente de centros públicos y privados concertados y, como garantía de la calidad de la enseñanza, una adecuada y equilibrada escolarización de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo. Asimismo, las Administraciones educativas deberán tener en cuenta las consignaciones presupuestarias existentes y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, todos los centros docentes tendrán una denominación específica y se inscribirán en un Registro público dependiente de la Administración educativa competente. Por su parte, en el artículo 17 se señala que la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias.

El presente Decreto tiene por objeto adecuar la red de centros públicos en los términos municipales de Santa Brígida, Las Palmas de Gran Canaria, Garachico, Santa Úrsula, La Victoria de Acentejo, Los Realejos, Santa Cruz de Tenerife y Vilaflor, para ajustarla a las circunstancias actuales de escolarización de la zona, lo que conlleva la necesidad de integrar al alumnado de los centros afectados.

En el marco competencial sobre la educación, establecido en el artículo 32, apartado 1, del Estatuto de Autonomía de Canarias, exige que la Administración educativa adopte las medidas conducentes a adecuar la oferta educativa a la demanda de puestos escolares, determinando las modificaciones necesarias en la estructura de la red de centros escolares públicos, al objeto de conseguir la máxima rentabilidad y eficacia de los recursos existentes en cada localidad.

De acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, compete al Gobierno de Canarias la creación y supresión de centros docentes públicos, correspondiendo al titular de la Consejería competente en materia de educación, hacer la oportuna propuesta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, letra d), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio y el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el Decreto 81/2010, de 8 de julio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 26 de junio de 2014,

D I S P O N G O:

Primero.- Se suprimen con efectos 31 de agosto de 2014 los siguientes centros educativos:

- Escuela de Educación Infantil La Resbala, con código 38007661, sito en calle San Antonio, 56, La Victoria de Acentejo, Tenerife, integrándose el alumnado en el Centro de Educación Obligatoria Príncipe Felipe, con código 38007713 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Lomo Andén, con código 38004165, sito en Carretera General, s/n, Icod el Alto, Los Realejos, Tenerife, integrándose el alumnado en el Centro de Educación Obligatoria La Pared, con código 38004177 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Ricardo Hodgson, con código 38009370, sito en Chamorga, Santa Cruz de Tenerife, Tenerife, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Sor Florentina y Agustín Cabrera Díaz, con código 38006368 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Las Coloradas, con código 35006606, sito en calle Verónica, 1, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Las Canteras, con código 35001271 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria José Calvo Sotelo, con código 35001232, sito en calle Montejurra, 1, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el nuevo centro que se crea por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria José Calvo Sotelo, código 35001232 y el Colegio de Educación Infantil y Primaria Santiago Ramón y Cajal, con código 35001335 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Santiago Ramón y Cajal, con código 35001335, sito en calle Obispo Marquina, 1, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el nuevo centro que se crea por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria José Calvo Sotelo, código 35001232 y el Colegio de Educación Infantil y Primaria Santiago Ramón y Cajal, con código 35001335 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Boliche, código 35008731, sito en Carretera de Las Torres, s/n, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el nuevo Colegio de Educación Infantil y Primaria en Siete Palmas, código 35014639, del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Castilla, código 35001414, sito en calle Palma de Mallorca, 26, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Cervantes, con código 35001244 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Rodríguez Galván, código 38005571, sito en calle Guía de Isora, 46, Santa Cruz de Tenerife, Tenerife, integrándose el alumnado en el nuevo centro que se crea por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria Rodríguez Galván, con código 38005571 y el Colegio de Educación Infantil y Primaria Veinticinco de Julio, con código 38005561 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Veinticinco de Julio, código 38005561, sito en calle Guía de Isora, 38, Santa Cruz de Tenerife, Tenerife, integrándose el alumnado en el nuevo centro que se crea por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria Rodríguez Galván, con código 38005571 y el Colegio de Educación Infantil y Primaria Veinticinco de Julio, con código 38005561 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria San Juan del Reparo, con código 38001073, sito en calle El Lance, 19, San Juan del Reparo, Garachico, Tenerife, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Miguel de Cervantes, con código 38007026, del término municipal de El Tanque.

- Escuela de Educación Infantil Tosca de Ana María, con código 38006484, sito en calle Tosca de Ana María, 57, Santa Úrsula, Tenerife, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria San Fernando, con código 38006472, del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Los Hoyos, con código 35001104, sito en Carretera Los Hoyos, s/n, km 2, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Adela Santana, con código 35003459 del mismo término municipal.

- Colegio de Educación Infantil y Primaria Pino Santo Alto, con código 35003915, sito en Pino Santo Alto, 2, Santa Brígida, Gran Canaria, integrándose el alumnado en el Colegio de Educación Infantil y Primaria Pino Santo Bajo, con código 35006060 del mismo término municipal.

Segundo.- Se crean con efectos 1 de septiembre de 2014, los siguientes centros educativos:

- Un Colegio de Educación Infantil y Primaria en Las Palmas de Gran Canaria, con código 35014834 sito en calle Montejurra, 1, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, con 10 grupos y 250 puestos escolares, por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria José Calvo Sotelo, con código 35001232 y del Colegio de Educación Infantil y Primaria Santiago Ramón y Cajal, con código 35001335 del mismo término municipal.

- Un Colegio de Educación Infantil y Primaria en Santa Cruz de Tenerife, con código 38016684, sito en calle Guía de Isora, 38, Santa Cruz de Tenerife, Tenerife, con 23 grupos y 600 puestos escolares por fusión del Colegio de Educación Infantil y Primaria Rodríguez Galván, con código 38005571 y el Colegio de Educación Infantil y Primaria Veinticinco de Julio, con código 38005561 del mismo término municipal.

- Un Colegio de Educación Infantil y Primaria en Siete Palmas, código 35014639, sito en calle Lomo La Plana, 47, Las Palmas de Gran Canaria, Gran Canaria, con 27 grupos y 860 puestos escolares, integrando al alumnado del Colegio de Educación Infantil y Primaria Boliche, código 35008731, del mismo término municipal. El Centro educativo tendrá en funcionamiento para el curso escolar 2014/2015, 16 grupos y 390 puestos escolares.

Tercero.- Se crea con efectos 1 de septiembre de 2013, el siguiente centro educativo:

Un Centro de Educación Obligatoria en Vilaflor, con código 38016660 sito en calle Guatemala, 2, Vilaflor, Tenerife, con 9 grupos y 225 puestos escolares, integrándose el alumnado del Colegio de Educación Infantil y Primaria Hermano Pedro, con código 38007798 del mismo término municipal, que se suprime con efectos de 31 de agosto de 2013.

Cuarto.- Será de aplicación al personal docente lo establecido en la Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los criterios de ordenación del personal docente con destino definitivo en los centros públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Quinto.- El saldo de la gestión económica de la cuenta de funcionamiento y actividades docentes y en su caso, de comedor escolar, de los centros que se suprimen se deberá incorporar, previa justificación, a la cuenta de los centros receptores donde se integra el alumnado.

Sexto.- La documentación administrativa, en soporte papel o informático, de los centros docentes suprimidos pasará a ser custodiada por los centros receptores donde se integra el alumnado.

Séptimo.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Decreto.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2014.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD,

José Miguel Pérez García.

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