Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
18 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 991.15 Kb.
BOC-A-2014-106-2421.
Firma electrónica
- Descargar
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), en su artículo 20, apartado 1, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente, recogiendo en su apartado 2 los extremos que preceptivamente han de recoger las disposiciones de creación de ficheros.
El Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, regula en su artículo 54 los extremos que preceptivamente han de recoger las disposiciones de creación de ficheros de titularidad pública. Dicho artículo establece en sus apartados 2 y 3 que la disposición o acuerdo de modificación del fichero deberá indicar las modificaciones producidas en cualquiera de los extremos a los que se refiere para su creación, y en el supuesto de la supresión de los ficheros se establecerá el destino que vaya a darse a los datos o, en su caso, las previsiones que se adopten para su destrucción, ello en concordancia con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la LOPD.
Por su parte, el artículo 39, apartado 1, de la citada LOPD dispone que el Registro General de Protección de Datos es un órgano integrado en la Agencia Española de Protección de Datos y, en su apartado 2, que serán objeto de inscripción en dicho Registro los ficheros de que sean titulares las Administraciones Públicas.
La citada LOPD adaptó nuestro ordenamiento a lo dispuesto por la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
El Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y, especialmente, el de su honor e intimidad personal. Comprende, por tanto, el tratamiento automatizado y el no automatizado de los datos de carácter personal.
Asimismo, el artículo 18.4 de la Constitución Española garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y establece que la ley limitará el uso de la informática para garantizar estos derechos y su pleno ejercicio.
Conforme al artículo 2 del Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la creación, modificación o supresión de ficheros incluidos en su ámbito de aplicación, se realizará por orden del titular de la Consejería competente por razón de la materia a la que afectan.
Asimismo, el artículo 3 del citado Decreto regula el procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Por su parte, el Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE) es un organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por Decreto 98/2013, de 26 de septiembre, y en el artículo 1.1 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del SCE, y tiene como finalidad fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de las trabajadoras y trabajadores desempleados y ocupados, atendiendo con carácter prioritario a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades para su inserción laboral. A su vez, el artículo 5 de la mencionada Ley 12/2003, de 4 de abril, del SCE, regula los derechos y deberes de las personas usuarias de dicho Organismo, estableciendo que la organización y gestión del SCE debe garantizar, entre otros derechos, el respeto a la intimidad personal y la confidencialidad de la información relacionada con los servicios que presten.
En virtud del citado mandato legal, para asegurar la protección en lo se refiere al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y en el uso de las facultades conferidas por el artículo 32.c) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el que se establece como función de los Consejeros, como miembros del Gobierno, la facultad de ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su Departamento, en forma de Órdenes Departamentales, en relación con los artículos 5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, aprobado por Decreto 98/2013, de 26 de septiembre, y el 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,
D I S P O N G O:
CAPÍTULO I
CREACIÓN DE FICHEROS
Artículo 1.- Creación de ficheros.
Se crean los ficheros gestionados por el SCE que se describen en el anexo I de la presente Orden, siendo los mismos los siguientes:
1. Ciudadanos/as.
2. Contratos.
3. Usuarios/as.
Artículo 2.- Régimen jurídico.
Los ficheros que se relacionan en los anexos de la presente Orden, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se dicten para los mismos, y estarán sujetos, a todos los efectos, a lo previsto en la LOPD, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, en el Decreto 5/2006, de 27 de enero, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la presente Orden, así como a las normas legales y reglamentarias que les sean de aplicación.
Artículo 3.- Responsable del Fichero y obligaciones del mismo.
El artículo 9.1 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del SCE, dispone que la Dirección del SCE ejerce la dirección y gestión ordinaria del SCE, estableciéndose en su apartado 2.a), que la dirección ejerce la función de planificar, dirigir y coordinar las actividades del Servicio necesarias para el cumplimiento de las funciones atribuidas al mismo. Por otra parte, el Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del SCE, en su artículo 8.1, dispone que la Dirección del SCE es el órgano de dirección ejecutiva del mismo.
En consecuencia, el órgano responsable de los ficheros creados por esta Orden será la Dirección del SCE, que además de estar sujeta al cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal, estará obligada a:
1. Adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
2. Adoptar las medidas de organización y gestión que sean necesarias para asegurar, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la LOPD, y en las normas de su Reglamento.
3. Verificar la definición y correcta aplicación de los procedimientos de realización de copias de respaldo y recuperación de datos.
4. Emitir, a través de circulares, cualquier nuevo procedimiento o norma que modifique el Documento de Seguridad y recordatorios de los procedimientos cuya observancia estime oportuno reforzar.
Artículo 4.- Ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Los derechos de oposición, acceso, rectificación o cancelación reconocidos por la LOPD serán ejercitados, de conformidad con lo dispuesto en su Título III y de acuerdo con lo previsto en su normativa reglamentaria de desarrollo, Título III del citado Real Decreto 1720/2007, ante los órganos competentes que, con respecto a cada uno de los ficheros, se designan en los anexos de esta Orden. Pudiendo emplearse a tal efecto los modelos de solicitud aprobados por Orden Departamental de 24 de febrero de 2006, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 44, de 3 de marzo de 2006.
Artículo 5.- Medidas de seguridad.
Los ficheros que se relacionan en los anexos contienen datos de carácter personal que requieren la adopción de medidas de seguridad señaladas en dicho anexo para cada uno de los ficheros, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD.
Artículo 6.- Cesión de datos.
1. Se prevé, previo cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 21.1 de la LOPD, la cesión de los datos de carácter personal, según consta en los ficheros contenidos en el anexo I de la presente Orden, al Servicio Público de Empleo Estatal, Servicios Públicos de Empleo Autonómicos, Servicio Canario de la Salud, Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo (FUNCATRA), Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad y al Instituto Canario de Estadística (ISTAC), con fines estadísticos.
2. La persona responsable del fichero automatizado que se ceda advertirá, expresamente, a los cesionarios y cesionarias de datos de carácter personal, de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.5 de la LOPD.
CAPÍTULO II
SUPRESIÓN DE FICHEROS
Artículo 7.- Supresión de ficheros.
1. Se suprimen los ficheros que se describen en el anexo II de la presente Orden.
2. La información contenida en los referidos ficheros, según consta en cada uno de ellos, se migrará, en su caso, a las nuevas aplicaciones corporativas que se crean o se destruirá.
Disposición derogatoria única.- Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 23 de septiembre de 2005, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal existentes en el SCE.
Disposición final única.- Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de mayo de 2014.
LA CONSEJERA DE EMPLEO,
INDUSTRIA Y COMERCIO.
Francisca Luengo Orol.
A N E X O I
FICHEROS QUE SE CREAN
Número 1: Ciudadanos/as.
1.- Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.
Datos personales de las personas físicas que están relacionadas con algún dominio de los Servicios Públicos de Empleo, con las siguientes finalidades:
* A efectos de identificación, contacto y/o notificación.
* Creación de una base de datos curricular con la finalidad de intermediar en el mercado de trabajo.
* Dar servicios de mejora de la empleabilidad.
* Seguimiento y justificación del alumnado de los programas de Formación Profesional para el Empleo.
* Creación del banco de personal docente y experto para la formación.
* Gestión de becas o ayudas de transporte, alojamiento y manutención y ayudas de conciliación por asistencia a cursos de formación o prácticas en empresas.
* Seguimiento y justificación de la realización de las prácticas en empresas del alumnado que realizan actividades de formación.
* Evaluación de las acciones formativas.
* Gestión del programa de tutores y tutoras de empleo: registro de las actividades realizadas por los y las demandantes para facilitarles su inserción laboral.
* Gestión de las solicitudes de prestación en su modalidad de pago único, seguimiento de los expedientes y estadísticas.
* Gestión del programa OPEAS de orientación de los y las demandantes de empleo. Registro del personal técnico contratado por el programa OPEAS, para realizar la orientación a las personas demandantes de empleo.
* Gestión de los programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo: seguimiento de las actividades de formación y la contratación.
* Gestión del programa Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
* Gestión de subvenciones y programas de colaboración con entidades colaboradoras.
* Gestión y seguimiento de las subvenciones a trabajadores autónomos/as.
* Gestión del programa para facilitar la integración laboral de las personas discapacitadas a través de los Centros Especiales de Empleo.
* Gestión de la contratación de demandantes a través del programa I + E.
* Gestión de subvenciones concedidas a empresas que contraten a personas desempleadas con los requisitos específicos exigidos para el programa de Incentivos para la Contratación Laboral.
* Gestión del Programas Experimentales para facilitar la integración laboral de las personas en riesgo de exclusión social. Tratamiento de los expedientes y elaboración de estadísticas.
* Gestión y evaluación de los programas orientados al fomento de la emprendeduría.
* Inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de la cualificación profesional adquirida a través de la experiencia laboral y las vías no formales de formación con vistas a obtener un Certificado de profesionalidad o un Título de Formación Profesional.
* Trámite de expedición del certificado de profesionalidad.
* El registro de personas a convocatorias de concesión de subvenciones que realiza el SCE. La finalidad principal es la de evitar la presentación repetitiva de la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad de obrar, representación legal, que obra en el SCE y facilitar la labor de análisis de esos documentos a los órganos de gestión.
2.- Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.
1. Personas físicas que buscan empleo u otros servicios ofrecidos por el SCE.
2. Solicitantes y alumnado de Formación Profesional para el Empleo.
3. Docentes/expertos/as de cursos.
4. Alumnado solicitante de becas y ayudas.
5. Alumnado participante en el programa de prácticas en empresa no laborables.
6. Personas que han respondido a cuestionarios no anónimos para la evaluación de acciones formativas.
7. Demandantes de empleo pertenecientes a los colectivos "en desempleo de larga duración" y "en situación de desempleo con especiales dificultades para su inserción laboral".
8. Personas que solicita la modalidad de pago único para el cobro de su prestación.
9. Demandantes de empleo que participen en las acciones de orientación del programa y personal técnico contratado por el programa OPEAS.
10. Demandantes de empleo que participan o hayan participado en los programas ETCOTE.
11. Agentes de empleo y desarrollo local contratados/as en este programa.
12. Demandantes de empleo beneficiarios de subvenciones y/o programas de colaboración.
13. Solicitantes de subvenciones a trabajadores autónomos/as.
14. Demandantes discapacitados y discapacitadas que se contraten a través de Centros Especiales de Empleo.
15. Personas solicitantes, contratadas o socias, incorporadas con cargo al programa I + E.
16. Personas desempleadas contratadas mediante el programa de Incentivos para la Contratación Laboral.
17. Personas desempleadas en riesgo de exclusión social destinatarios finales de programas experimentales en materia de Empleo.
18. Personas beneficiarias de subvenciones de Economía Social.
19. Trabajadoras y Trabajadores no cualificados de distintas especialidades: Emergencias, Atención Sociosanitaria en el domicilio y en instituciones, Educación infantil, Hostelería, Electricidad, etc.
20. Alumnado de los Programas de Cualificación Inicial del Sistema Educativo.
21. Las personas que presenten solicitudes de subvenciones en el ámbito competencial del SCE.
3.- Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.
Formularios, entrevistas personales, Transmisión electrónica realizadas por la propia persona interesada o Administraciones Públicas.
4.- Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.
Ver anexo en las páginas 14991-14993 del documento Descargar
* Es posible la cumplimentación de N ocurrencias
5.- Cesión de datos de carácter personal que se prevé.
Servicio Público de Empleo Estatal, Servicios Públicos de Empleo Autonómicos, Servicio Canario de la Salud, Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda, Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo (FUNCATRA), Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad y al Instituto Canario de Estadística (ISTAC), con fines estadísticos.
6.- Órgano de la Administración responsable del fichero.
Dirección del SCE.
7.- Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Servicios de Empleo y Servicio de Intermediación/Colocación, Servicios de Formación, Servicio de Escuelas Taller y Casas de Oficio, Servicio de Promoción de la Economía Social, Instituto de las Cualificaciones Profesionales.
8.- Medidas de seguridad.
Medidas de nivel alto.
9.- Sistema de Tratamiento.
Parcialmente automatizados.
10.- Encargados del Tratamiento.
Personal SCE, Ute Indra y Arte Consultores, Fundación Canaria para el Fomento del Empleo (FUNCATRA), Desarrollo Informático S.A. (DINSA), Fundación Universitaria de Las Palmas FULP, Personal del Centro Nacional de Formación Profesional.
11.- Aplicaciones.
SISPECAN-Intermediación.
SISPECAN-Formación.
SISPECAN-Prácticas en Empresas.
SISPECAN-Becas y Ayudas.
SISPECAN-Encuestas de Calidad.
Excel (Gestión de Becas y Ayudas).
SISPECAN-Preinscripción de Cursos.
Oficina Virtual en Demandante.
SISPECAN-Tutorías de Empleo.
EGE.
Pago único (Access).
SISPECAN-OPEA.
SILET.
CV Expertos. Lotus.
ETCOTE (Access).
SISPECAN-Programa de Colaboración.
Access (para Programas de Colaboración).
Excel (para Programas de Colaboración).
SISPECAN-Subvenciones.
Excel (Centros Especiales de Empleo).
FUNCATRA-Formación Continua.
Sistema para la evaluación de las cualificaciones profesionales (Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales).
Sistema para la gestión de solicitudes de Certificados de profesionalidad (Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales).
Excel (CRN-Los Realejos).
Número 2: Contratos.
1.- Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.
La finalidad de este fichero consiste en registrar las comunicaciones de la contratación laboral.
Los usos previstos son:
* Explotación estadística, con objetivos como la generación de análisis de evolución del mercado de trabajo.
* Validación de cumplimiento de condiciones (proceso de contraste de datos) para beneficiarias y beneficiarios de diversos programas gestionados por el SCE.
2.- Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.
Personas físicas, jurídicas y empleadores/as relacionados con contratos de trabajo, en cualquiera de sus modalidades, así como llamamientos y prórrogas.
3.- Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.
Formularios o transmisión electrónica realizados por entidades privadas o administraciones públicas, con el consentimiento de la persona interesada.
4.- Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.
Ver anexo en las páginas 14995-14997 del documento Descargar
5.- Cesión de datos de carácter personal que se prevé.
Servicio Público de Empleo Estatal y Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo (FUNCATRA).
6.- Órgano de la Administración responsable del fichero.
Dirección del SCE.
7.- Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Servicios de Empleo y Servicio de Intermediación/Colocación.
8.- Medidas de seguridad.
Medidas de nivel alto.
9- Sistema de Tratamiento.
Parcialmente automatizado.
10.- Encargados del Tratamiento.
Personal SCE, Fundación Canaria para el Fomento del Empleo (FUNCATRA), y empresas proveedores de servicios TIC (UTE Indra-Arte Consultores, Desarrollos Informáticos S.A -DINSA-, Fundación Universitaria de Las Palmas -FULP-).
11.- Aplicaciones.
SISPECAN-Subvenciones, SISPECAN-Programa de Colaboración, EGE, OBI.
Número 3: Usuarios/as.
1.- Finalidad del fichero y usos previstos para el mismo.
Creación de una base de datos con la información de todas las personas usuarias de los sistemas de información del SCE.
2.- Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.
Personal interno y externo al SCE que use alguna aplicación del SCE.
3.- Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.
Alta de usuaria/o por algún administrador/a.
4.- Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo.
Ver anexo en la página 14998 del documento Descargar
* Es posible la cumplimentación de N ocurrencias
5.- Cesión de datos de carácter personal que se prevé.
Ninguna.
6.- Órgano de la Administración responsable del fichero.
Dirección del SCE.
7.- Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
Secretaría General del SCE.
8.- Medidas de seguridad.
Medidas de nivel bajo.
9- Sistema de Tratamiento.
Automatizado.
10.- Encargados del Tratamiento.
Personal SCE, UTE Indra-Arte Consultores, Desarrollos Informáticos S.A.-(DINSA), Fundación Canaria para el Fomento del Empleo (FUNCATRA), Fundación Universitaria de Las Palmas (FULP). Agentes de Empleo y Desarrollo Local, Organismo Locales. Centros de formación.
11.- Aplicaciones.
Sispecan-ADMUSU.
Sispecan-Agenda.
LDAP SCE.
EGE.
A N E X O I I
FICHEROS QUE SE SUPRIMEN
1. Personal.
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160011.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero usuarios.
2. Control de pagos a terceros.
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160012.
- Motivos de la supresión: fin de utilización, dado que dicha competencia se gestiona en otros aplicativos del Gobierno de Canarias, no siendo función propia del SCE.
- Destino de la información: los datos han sido eliminados.
3. Contabilidad presupuestaria.
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160013.
- Motivos de la supresión: fin de utilización, dado que dicha competencia se gestiona en otros aplicativos del Gobierno de Canarias, no siendo función propia del SCE.
- Destino de la información: los datos han sido eliminados.
4. Subvenciones a entidades públicas para la contratación y formación de trabajadores/as (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160014.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
5. Subvenciones a entidades públicas para la contratación y formación de trabajadores/as (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160015.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
6. Trabajadoras/es por cuenta propia o autónomas/os (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160016.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os.
7. Trabajadores/as por cuenta propia o autónomos/as (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160017.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanos/as.
8. Subvenciones para la contratación de trabajadores/as por parte de las empresas (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160018.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
9. Subvenciones para la contratación de trabajadores y trabajadoras por parte de las empresas (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160019.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
10. Alumnado de cursos de formación profesional ocupacional (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160020.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os.
11. Alumnado de cursos de formación profesional ocupacional (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160021.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os.
12. Registro de cooperativas y sociedades anónimas laborales (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160022.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os.
13. Registro de cooperativas y sociedades anónimas laborales (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160023.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os.
14. Subvenciones a sociedades cooperativas y sociedades anónimas laborales por la incorporación de trabajadoras y trabajadores desempleados (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160024.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
15. Subvenciones a sociedades cooperativas y sociedades anónimas laborales por la incorporación de trabajadoras y trabajadores desempleados (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160025.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
16. Subvenciones de apoyo a las entidades de economía social (Santa Cruz de Tenerife).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160026.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
17. Subvenciones de apoyo a las entidades de economía social (Las Palmas).
- Código de inscripción asignado por la Agencia de Protección de Datos: 1972160027.
- Motivos de la supresión: implantación de una nueva aplicación corporativa.
- Destino de la información: migración al fichero ciudadanas/os y contratos.
© Gobierno de Canarias