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BOC Nº 102. Miércoles 28 de Mayo de 2014 - 2321

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

2321 Secretaría General.- Resolución de 21 de mayo de 2014, por la que se aprueba la Carta de Servicios correspondiente a la Viceconsejería de Acción Exterior.

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BOC-A-2014-102-2321. Firma electrónica - Descargar

El artículo 6 del Decreto 220/2000, de 4 de diciembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, los sistemas de evaluación de la calidad y los premios anuales a la calidad del servicio público y mejores prácticas en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que tales Cartas sean aprobadas por resolución de la Secretaría General.

En su virtud, previo informe favorable de la Inspección General de Servicios, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.1, he resuelto lo siguiente:

Primero.- Aprobar la Carta de Servicios correspondiente a la Viceconsejería de Acción Exterior.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución y del contenido de la Carta de Servicios aprobada en el Boletín Oficial de Canarias, así como a través de la sede electrónica de la Viceconsejería de Acción Exterior.

Tercero.- Remitir un ejemplar completo a la Inspección General de Servicios para su publicación en la página central del Gobierno, vía internet, y para su debida constancia.

CARTA DE SERVICIOS DE LA VICECONSEJERÍA DE ACCIÓN EXTERIOR

1.- Datos identificativos de la unidad.

Denominación: Viceconsejería de Acción Exterior.

Departamento: Presidencia del Gobierno.

Direcciones: Santa Cruz de Tenerife: Avenida José Manuel Guimerá, nº 10, Edificio de Usos Múltiples II, 2ª planta, 38007.

Delegación del Gobierno de Canarias en Caracas: Sexta Avenida de Altamira, entre 3ª y 5ª transversal, Urbanización Altamira, municipio Chacao, 1062 Caracas, Venezuela.

Horarios: en invierno: todos los días laborables, de 9 a 14 horas. En verano: todos los días laborables, de 9 a 13 horas.

Teléfonos y fax:

Ver anexo en las páginas 14052-14053 del documento Descargar

Sede electrónica: https://sede.gobiernodecanarias.org/presidencia/.

2.- Servicios que se ofrecen a la ciudadanía.

- Información generalizada y atención a canarios y canarias residentes en el exterior.

- Ayudas específicas para situaciones de necesidad médicas y/o económicas.

- Localización de familiares en Canarias.

- Obtención de partidas de bautismo y/o de nacimiento de personas inscritas en Canarias.

- Tramitación para la expedición de certificados de matrimonio y defunción de familiares.

- Asistencia sanitaria a canarios y canarias mayores de 65 años residentes en Venezuela, que se encuentren en situación de precariedad y no cobren pensión contributiva del Gobierno Español, prestada por la Fundación España Salud.

- Información sobre los centros, colectividades y asociaciones que prestan ayuda y auxilio a los emigrantes canarios y canarias en situación de desamparo y/o exclusión social o necesidades sanitarias.

- Acogimiento en los Centros de Acogida Nuestra Señora de las Nieves y Nuestra Señora de los Reyes de canarios y canarias residentes en Venezuela, mayores de 65 años que se encuentren en situación de necesidad.

- Construcción y equipamiento de consultorios médicos, centros de día y centros de acogida, para la atención de canarios y canarias que residen en el exterior.

- Asistencia domiciliaria a canarios y canarias dependientes.

- Subvenciones destinadas a Apoyo al Sostenimiento y Fomento Cultural y Social de las Entidades Canarias en el Exterior.

- Subvenciones directas destinadas a Entidades Canarias en el Exterior que se encuentran en situaciones especiales.

- Subvenciones destinadas a gastos de funcionamiento de los consultorios médicos de las Entidades Canarias en el Exterior.

- Subvenciones destinadas a los Centros de Día de las Entidades Canarias en el Exterior.

- Subvenciones destinadas a la adquisición de Medicamentos de las Entidades Canarias en el Exterior.

- Información sobre requisitos, trámites y documentación a colectividades de canarios y canarias en el exterior que pretendan constituirse en Entidad Canaria en el Exterior.

- Reconocimiento e inscripción de las Entidades Canarias en el Exterior que se constituyan.

- Información generalizada sobre trámites posteriores al retorno.

3.- Nuestros compromisos.

- Tramitar las demandas de información solicitadas por los canarios en el exterior y los que retornen, en los siguientes plazos: personalmente o por teléfono, en el mismo día de la consulta. Por escrito o a través de Internet, en un plazo máximo de 20 días de realizada la consulta.

- Conceder ayudas específicas en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de las mismas.

- Derivar al órgano competente las solicitudes de localización de familiares en un plazo máximo de 30 días desde su recepción.

- Derivar al órgano competente las solicitudes de partidas de nacimiento y/o bautismo, certificados de matrimonio y certificados de defunción en un plazo máximo de 20 días desde su recepción.

- Resolver las solicitudes de subvenciones directas en un plazo máximo de dos meses y medio desde que la solicitud cumpla los requisitos legales para su otorgamiento.

- Resolver las convocatorias de ayudas para la prestación de asistencia sanitaria, por la Fundación España Salud, en un plazo de 5 meses, desde su publicación.

4.- Indicadores de la calidad del servicio.

- Porcentaje de consultas telefónicas o presenciales, resueltas en el mismo día de la consulta.

- Porcentaje de consultas por escrito o por internet, resueltas en un plazo de 20 días.

- Porcentaje de solicitudes de ayudas específicas destinadas a canarios en el exterior, concedidas antes de 30 días.

- Porcentaje de solicitudes de localización de familiares derivadas al órgano competente, antes de 30 días.

- Porcentaje de solicitudes de partidas de nacimiento y/o bautismo, certificados de matrimonio y certificados de defunción derivados al órgano competente, antes de 20 días.

- Porcentaje de ayudas específicas de cualquier índole concedidas antes de 30 días.

- Porcentaje de subvenciones directas concedidas antes de dos meses y medio.

5.- Necesitamos su opinión: sugerencias y reclamaciones.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias dispone de un sistema de evaluación global del conjunto de los servicios públicos. Parte del mismo se basa en el sistema de sugerencias y reclamaciones, mediante el cual los ciudadanos y organizaciones pueden evidenciar y proponer áreas de actuación con la finalidad de mejorar la organización y la calidad de los servicios públicos.

Puede acceder al sistema a través de los siguientes canales: presentación telemática

(https://www.gobcan.es/sugrec/solicitud.jsp), correo electrónico (sugrec.cpjs@gobiernodecanarias.org), escrito simple o a través del impreso que se encuentra a su disposición en todas las oficinas de registro y en las sedes de la Oficina Canaria de Información. También podrá acceder verbalmente a través del Servicio de Atención Telefónica del Gobierno de Canarias (012) o en las sedes de la Oficina Canaria de Información.

En un plazo máximo de tres meses usted recibirá una contestación a su sugerencia o reclamación. Si no es así, o considera que la contestación es insuficiente, diríjase a la Inspección General de Servicios.

La Inspección General de Servicios velará por el cumplimiento del procedimiento de tramitación de las sugerencias y reclamaciones, y localizará dónde se viene produciendo un funcionamiento incorrecto de los servicios públicos y actuará puntualmente o efectuará los estudios y propuestas necesarios para la subsanación de las deficiencias detectadas.

Solicite más información de este sistema en cualquier oficina de registro o información del Gobierno de Canarias: sus sugerencias y reclamaciones no nos molestan, son necesarias para saber dónde nos estamos equivocando.

Si es usted usuario de los servicios sanitarios, sus solicitudes y reclamaciones deberá dirigirlas a la Oficina de Defensa de los Derechos de los Usuarios Sanitarios (ODDUS), conforme a lo establecido en el Decreto 94/1999, de 25 de mayo (BOC nº 78, de 16 de junio de 1999), modificado por Decreto 147/2001, de 9 de julio (BOC nº 88, de 18 de julio de 2001).

Sus reclamaciones y sugerencias relativas al funcionamiento e información de los servicios administrativos no sanitarios dentro del Sistema Canario de Salud, se tramitarán conforme a lo previsto en el Reglamento del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 161/2002, de 18 de noviembre.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2014.- La Secretaria General, Ángeles Bogas Gálvez.

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