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BOC-A-2014-094-2098.
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D./Dña. Eduardo Simón Rojo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 18 de noviembre de 2013.
Vistos por Dña. Ana María Martín-Nieto Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Arona y su partido, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 243/2013, seguidos a instancia de la Comunidad de Propietarios Atalaya Court como demandante, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Cristina Escuela Gutiérrez, y dirigido técnicamente por el letrado D. José Abitbol Martos, frente a D. Michael Laurence y Dña. Susan Ashley, en rebeldía procesal, en base a lo siguiente.
FALLO
Estimo la demanda presentada por Dña. Cristina Escuela Gutiérrez, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Atalaya Court frente a D. Michael Laurence George Ashley y Dña. Susan Ashley, y en su virtud les condeno al abono de la cantidad de tres mil quinientos cincuenta y uno con ochenta y ocho euros (3.551,88 euros), el interés legal y las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra. Juez que la suscribe en Arona. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Michael Laurence George Ashley y Susan Ashley, expido y libro el presente en Arona, a 19 de noviembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
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