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BOC Nº 81. Lunes 28 de Abril de 2014 - 1780

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V. ANUNCIOS - Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad

1780 Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 1 de abril de 2014, del Director Ejecutivo, que notifica a D. Juan A. Alonso Méndez, el requerimiento de 17 de enero de 2014.- Expte. IU-730/2012 (2012000730).

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BOC-A-2014-081-1780. Firma electrónica - Descargar

No habiéndose podido practicar la notificación a D. Juan A. Alonso Méndez del requerimiento de esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 17 de enero de 2014, en los términos fijados en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con el apartado quinto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Juan A. Alonso Méndez el requerimiento de esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 17 de enero de 2014, formulado en el expediente que se tramita en esta Agencia con referencia IU-730/2012 (2012000730), que dice textualmente:

"En relación con las obras ejecutadas en el lugar denominado "Mamio", junto al sendero PR-TF 35 (coordenadas UTM: X: 353.704/Y: 3.138.417 y referencia catastral: 38026A027003310000EL), del término municipal de La Orotava, consistentes en construcción de una planta en madera y bloque prefabricado de unos 25 m2 de superficie, realización de un vallado del perímetro de unos 70 m lineales y la instalación de una caseta prefabricada metálica, de unos 4 m2 de superficie, sin la preceptiva calificación territorial ni licencia urbanística exigible, de las que resulta ser presunto responsable, se le requiere para que en el plazo de tres (3) meses inste la legalización de las obras que ha ejecutado, mediante la solicitud de la correspondiente calificación territorial, previa a la licencia urbanística, manifestándole que, si al tiempo de formularse la propuesta de resolución del procedimiento sancionador que se inicie, se propondrá y en la resolución definitiva se acordará, la imposición, mientras no se formule efectivamente la requerida solicitud, de hasta doce multas coercitivas sucesivas, por plazo de un mes e importe en cada ocasión, del 5% del coste de la obra, en su caso, y como mínimo de 601,01 euros.

Se pone en su conocimiento, que el otorgamiento de la calificación territorial requiere solicitud del interesado ante el Ayuntamiento del lugar donde se localicen las obras, formalizada mediante documentación bastante, acreditativa de la identidad del promotor, la titularidad de derecho subjetivo suficiente sobre el terreno correspondiente, la justificación de la viabilidad y características del acto de aprovechamiento del suelo pretendido y, en su caso, de su impacto en el entorno, así como de la evaluación ecológica o ambiental y la descripción técnica suficiente de las obras e instalaciones a realizar.

Si durante la fase inicial municipal, el Ayuntamiento no emite informe en el plazo máximo de un mes, usted debe reproducir la solicitud directamente ante el Cabildo Insular."

Remitir la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y al Ayuntamiento que figura como último domicilio conocido, para su inserción en el tablón de edictos."

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de abril de 2014.- El Director Ejecutivo, Emiliano Coello Cabrera.

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