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BOC-A-2014-064-1351.
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D./Dña. María José Oliva Rodrigo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
Magistrado-Juez: D. Juan Carlos Socorro Marrero.
Parte demandante: "Banca March, S.A.".
Procurador: D. Claudio Luna Santana.
Letrado: D. José Carlos Oramas Medina.
Parte demandada: Dña. Evelyn González Grueso.
En rebeldía.
Objeto del juicio: reclamación de cantidad.
En San Bartolomé de Tirajana, a 29 de enero de 2013.
FALLO
Estimar en lo sustancial la demanda de la entidad "Banca March, S.A." contra Dña. Evelyn González Grueso.
Condeno a Dña. Evelyn González Grueso a pagar a "Banca March, S.A." la suma de 1.852,16 euros, los intereses del artículo 576 de la LEC, y las costas de este juicio.
Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que, conforme al apartado primero del artº. 455 de la LEC, tras su redacción según la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, la misma no es apelable.
Llévese el original al Libro de Sentencias.
Por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN: la anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Magistrado-Juez que la suscribe en audiencia pública y en el día de su fecha. Doy Fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Evelyn González Grueso, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 29 de enero de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.
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