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BOC Nº 9. Miércoles 15 de Enero de 2014 - 119

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

119 EDICTO de 30 de diciembre de 2013, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000275/2012.

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BOC-A-2014-009-119. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. David García Muñoz, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

"SENTENCIA

En Arona, a 22 de julio de 2013.

Vistos por mí, Rosa María Reyes González, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Arona y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio verbal 275/2012, seguidos a instancia del Procurador de los Tribunales, doña Cristina Ripol Sampol, en nombre y representación de doña Francisca González Ramírez, asistida por la Letrada, doña Zoraida Leiva Romero y, como demandado, don Julius Mcghee, incomparecido en autos y declarado en situación procesal de rebeldía, siendo el objeto del presente proceso, la disolución por divorcio, del matrimonio".

"FALLO

Se estima la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, doña Cristina Ripol Sampol y, en consecuencia, se declara la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por doña Francisca González Ramírez, y don Julius Mcghee.

Sin expreso pronunciamiento en materia de costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que frente a la misma podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación.

Líbrese oficio al Registro civil de Guía de Isora para la práctica de la inscripción correspondiente a la disolución del matrimonio.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo".

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Julius Mcghee, expido y libro el presente en Arona, a 30 de diciembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

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