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BOC Nº 212. Lunes 4 de Noviembre de 2013 - 5387

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

5387 Dirección General de Trabajo.- Resolución de 23 de octubre de 2013, por la que se conceden provisionalmente subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias que tienen como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

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BOC-A-2013-212-5387. Firma electrónica - Descargar

Examinados los expedientes tramitados para la resolución de concesión provisional de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias, que tienen por objeto social la atención a personas dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Vista la propuesta elaborada por la Comisión de Valoración y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º.- Mediante Orden departamental de 28 de junio de 2013 (BOC nº 132, de 11 de julio) se aprobaron las bases para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias, que tengan como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y se efectúa la convocatoria para 2013 en régimen de concurrencia competitiva.

2º.- Mediante Resolución de 1 de agosto de 2013, de la Directora General de Trabajo, se designa a los miembros de la Comisión de Valoración de las solicitudes de la citada subvención, en ejercicio de las funciones conferidas por la base 8ª de la Orden departamental de 28 de junio de 2013.

3º.- De conformidad con la base 10ª de la Orden departamental de 28 de junio de 2013, se requiere a los interesados de las citadas subvenciones, la subsanación de la documentación presentada, concediendo un plazo de diez días hábiles para ello.

4º.- La Comisión de Valoración procedió a la evaluación de las solicitudes de conformidad con los criterios de valoración establecidos en la base 5ª de la Orden departamental de 28 de junio de 2013, emitiendo la correspondiente propuesta de aprobación o denegación de subvención, en cesión celebrada el 17 de octubre de 2013.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- Orden departamental de 28 de junio de 2013 (BOC nº 132, de 11 de julio) por la que se aprobaron las bases para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de Canarias, que tengan como objeto social la atención a personas mayores, dependientes y discapacitados, destinadas a la inversión en la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y se efectúa la convocatoria para 2013 en régimen de concurrencia competitiva.

Tercera.- Es competente para efectuar la presente Resolución la Directora General de Trabajo de conformidad con la delegación efectuada en la Orden 409, de 28 de junio de 2013, que en su resuelvo Quinto dispone, entre otras, la delegación en la Directora General de Trabajo, el ejercicio de la competencia para resolver el concurso de la presente convocatoria. Dicha delegación fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 132, de 11 de julio de 2013.

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que tengo delegada,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder, conforme a la valoración efectuada por el órgano colegiado, subvención a las siguientes entidades:

Ver anexo en la página 27729 del documento Descargar

Segundo.- Denegar la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Tazacorte por no reunir el requisito establecido en la base 3ª.1.a) de la Orden de 28 de junio de 2013.

Tercero.- Tener por desistidas a las solicitudes que se mencionan a continuación por no subsanar la documentación requerida:

- HERMANAS HOSPITALARIAS COMPLEJO ACAMÁN

- ASOCIACIÓN RESPIRO Y LUZ

Cuarto.- Conceder un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente propuesta de Resolución Provisional para que los interesados acepten la subvención o, si lo estiman oportuno, presenten alegaciones.

En el caso de que no se otorgue la aceptación en dicho plazo, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

Quinto.- Que se publique la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo establecido en la base 10ª.c) de la Orden de 28 de junio de 2013.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre de 2013.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

p.d., la Directora General de Trabajo

(Orden nº 409, de 28.6.13),

Gloria del Pilar Gutiérrez Arteaga.

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