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BOC Nº 180. Miércoles 18 de Septiembre de 2013 - 4696

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

4696 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 3 de septiembre de 2013, por la que se somete a información pública y cooperación interadministrativa el Segundo Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Puerto del Carmen, término municipal de Tías (Lanzarote).

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BOC-A-2013-180-4696. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente administrativo 2012/2084 que se instruye en esta Dirección General relativo al documento de planeamiento denominado Segundo Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Puerto del Carmen, término municipal de Tías (Lanzarote).

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- El Plan para la Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística de Puerto del Carmen, término municipal de Tías (Lanzarote), aprobado por Decreto de 4 de marzo de 2011, nº 58/2011, publicada su normativa en el Boletín Oficial de Canarias de 24 de marzo de 2011, nº 61, surgió en el marco de las medidas e incentivos para la renovación de las infraestructuras y edificaciones turísticas contempladas en la Ley 6/2009, de 6 de mayo, de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo.

En este contexto, empresas del sector y el Ayuntamiento de Tías proponen la ampliación de las actuaciones contempladas, así siguiendo la línea del mencionado Plan de Modernización, Mejora e Incremento de la competitividad turística de Puerto del Carmen, en este Segundo Plan se propone el establecimiento de un sistema integrado de áreas de verdes o zonas de esparcimiento, de zonas diferenciadas tematizadas generadores de actividad y atractivo, potenciando el esparcimiento y los puntos de encuentro, creando espacios abiertos a actividades y dinamizando el entorno. Se establece así una oportunidad para desarrollar una trama operativa que dote de una mayor flexibilidad a la actual trama urbana y viaria de Puerto del Carmen. Esto permite una definición del espacio más dinámica y con múltiples posibilidades.

A continuación se incluye un desglose tipo de intervenciones públicas:

IV-01 Bulevares

IV-02 Eje longitudinal

IV-03 Vías de conexión interior de dos sentidos

IV-04 Vías de conexión interior de un sentido

IV-05 Vía rodonal de acceso libre

IV-06 Vía rodonal de acceso restringido

IV-07 Vía rodonal sin salida

IV-08 Vía peatonal

IE-01 Espacio libre con talasoterapia y centro de interpretación de las Salinas de Matagorda

IE-02 Espacio libre Canal de los Pocillos

IE-03 Acondicionamiento Plaza Centro Cívico El Fondeadero

En este Segundo Plan de Modernización se incluyen una serie de actuaciones privadas que van a posibilitar la ejecución de las intervenciones previstas en espacio público, conforme a la temporalización establecida. La finalidad de las intervenciones privadas serán las siguientes.

* Renovación de los complejos turísticos.

* Mejora de la oferta complementaria turística.

* Regeneración de la oferta comercial.

Las actuaciones en el espacio privado recogidas expresamente en el presente Plan, cuyos parámetros urbanísticos específicos se establecen en las fichas urbanísticas, son las que se relacionan a continuación:

* Intervenciones en establecimientos de alojamiento turístico (IT).

IT-01. Apartamentos Balcón del mar

IT-02. Bungalows Harimaguada

IT-03. Bungalows Hotel Fariones

IT-04. Apartamentos Hyde Park Lane

IT-05. Apartamentos Don Paco Castilla

IT-06. Hotel Floresta

IT-07. Apartamentos Club Izaro

IT-08. Villas Alondra

IT-09. Villas Guataca

IT-10. Vista del Mar

IT-11. Hotel San Antonio y Marina Bay

IT-12. Lago Verde

* Intervenciones en espacios comerciales (IC).

IC-01. Centro Comercial Costa Mar

IC-02. Potabilizadora Hotel San Antonio

* Intervenciones de equipamiento complementario (IET).

IET-01. Equipamiento complementario Avenida Juan Carlos I

IET-02. Centro Deportivo Los Fariones

IET-03. Equipamiento complementario Avenida de las Playas, 41

IET-04. Equipamiento complementario calle Reina Sofía

Segundo.- Por los Servicios de Planeamiento Oriental de esta Dirección General han sido evacuados informes para el inicio del expediente, y de la Concejalía Delegada del área del Ayuntamiento de Tías en respuesta al trámite de conformidad previsto en el artículo 8.1 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 7 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canaria, establece con objeto de viabilizar la renovación urbana y edificatoria, como instrumento de ordenación urbanística los Planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad. El título donde se incluye el mencionado precepto se denomina "De la Renovación y Modernización Turística", que ha de tener por objeto las intervenciones públicas necesarias, operaciones que impulsen la reforma y modernización de los alojamientos turísticos y la reactivación económica. Como señala la exposición de motivos, entre los objetivos de mantener la cifra de visitantes y garantizar la rentabilidad de esta actividad económica "se hace imperativa una labor de puesta al día de un conjunto de áreas turísticas", la Ley regula una serie de medidas tendentes a potenciar la oferta de calidad, incentivar la renovación de la planta alojativa y modular el crecimiento de la misma.

Segunda.- Este nuevo Plan de Modernización de Puerto del Carmen inició su andadura en 2012, habiendo sido promovido a instancias de particulares y del Ayuntamiento de Tías y redactado por encargo de esta Dirección General de Ordenación del Territorio. El procedimiento regulado en el artículo 8 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, contempla una tramitación abreviada para los planes o programas específicos de modernización, mejora e incremento de la competitividad del sector, cuando sus actuaciones no estén previstas en el Planeamiento, o sean contrarios al mismo, determinando el cumplimiento del trámite de cooperación administrativa previsto en el artículo 11 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, así como la evaluación ambiental estratégica, prevista en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, salvo que se excluya por su escasa trascendencia territorial y ambiental.

El documento de planeamiento abreviado redactado será sometido a informe del Ayuntamiento de Tías y del Cabildo Insular de Lanzarote, del departamento competente en materia de turismo de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y a los agentes económicos y sociales a través de sus entidades representativas, y se expondrá al trámite de información pública, por plazo de 2 meses al contener Informe de Sostenibilidad Ambiental, siguiendo el Documento de Referencia para los Planes de Modernización, Mejora e incremento de la competitividad aprobado por la COTMAC el 29 de mayo de 2012 (BOC nº 122, de 22 de junio de 2012).

Evacuados los anteriores trámites, y en su caso, la reunión conjunta de valoración de la propuesta contemplada en el apartado 4 del mencionado artículo 8, debe someterse a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, con carácter previo a la aprobación por el Gobierno de dicho Plan.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Tomar en conocimiento del documento denominado "Segundo Plan para la modernización, mejora e incremento de la competitividad de Puerto del Carmen, término municipal de Tías (Lanzarote)" y su Informe de Sostenibilidad Ambiental, y someterlo a información pública por plazo de dos meses, y a consulta de acuerdo con lo señalado en el artículo 8 de la Ley y en el Documento de Referencia para los Planes de Modernización, Mejora e incremento de la competitividad aprobado por la COTMAC el 29 de mayo de 2012 (BOC nº 122, de 22 de junio de 2012), mediante inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia, contados a partir del día siguiente al de esta publicación.

El documento podrá ser consultado en https://www.gobiernodecanarias.org/citv, y el expediente estará de manifiesto en la Dirección General de Ordenación del Territorio: Plaza de los Derechos Humanos, nº 22, Edificio de Usos Múltiples I, 7ª planta, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes.

Segundo.- Solicitar informe al Ayuntamiento de Tías, al Cabildo Insular de Lanzarote, a la Viceconsejería de Turismo del Gobierno de Canarias y a los agentes económicos y sociales a través de sus entidades representativas.

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 septiembre de 2013.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

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