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BOC-A-2013-134-3793.
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Vista la Resolución de la Presidenta, nº 13/0019, de fecha 26 de junio de 2013, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la programación 2013, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Advertido error material en el Resuelvo décimo primero.- Criterios de valoración, apartado 4. Prácticas en empresas/Formación en centros de trabajo y teniendo en cuanta que a los citados hechos le son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [LRJ-PAC] (BOE nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14.1.99) "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".
El error material detectado se ha producido en el Resuelvo décimo primero.- Criterios de valoración, apartado 4. Prácticas en empresas/Formación en centros de trabajo
De conformidad con lo expuesto, y en virtud de la competencia conferida
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la corrección de los errores detectados en el sentido siguiente:
a) En el Resuelvo décimo primero.- Criterios de valoración, apartado 4. Prácticas en empresas/Formación en centros de trabajo, de la Resolución de la Presidenta nº 13/0019, de fecha 26 de junio de 2013,
DONDE DICE:
b) La formación en Centros de Trabajo se valorará con un máximo de 5 puntos.
DEBE DECIR:
b) La formación en Centros de Trabajo se valorará con un máximo de 10 puntos.
Segundo.- Se mantiene vigente en todos su términos el contenido de la Resolución de la Presidenta nº 13/0019, de fecha 26 de junio de 2013, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as incluidas en la programación 2013, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (BOC nº 124, de 1.7.13) no afectado por la presente corrección.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de julio de 2013.- La Presidenta, Francisca Luengo Orol.
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