Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 133. Viernes 12 de Julio de 2013 - 3773

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

3773 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 3 de julio de 2013, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias adoptado en la sesión celebrada el 27 de mayo de 2013, relativo al Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructuras de la Actividad Industrial de la isla de Tenerife. Trámite de aprobación de la Memoria Ambiental.- Expte. 2010/0595.

4 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 282.60 Kb.
BOC-A-2013-133-3773. Firma electrónica - Descargar

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias adoptado en la sesión celebrada el 27 de mayo de 2013, relativo al Plan Territorial Especial de Ordenación de Infraestructuras de la Actividad Industrial de la isla de Tenerife. Trámite de aprobación de la Memoria Ambiental. Expediente 2010/0595 cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2013.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 27 de mayo de 2013, en Santa Cruz de Tenerife, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- De acuerdo con el artículo 27.1.e).II del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobar la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial de Ordenación de la Actividad Industrial de la isla de Tenerife (expediente 2010/0595) condicionada a la corrección del documento en los aspectos siguientes:

1. Debe modificarse la Memoria Ambiental para que quede constancia de la nueva información que se suministra como Documento de Addenda a la propuesta de Memoria Ambiental de la siguiente forma:

1.1. En el apartado sobre Proceso de Evaluación de la Memoria Ambiental suprimir el epígrafe sobre Justificación de los contenidos ambientales asumidos según el documento de referencia para la elaboración del ISA.

1.2. Eliminar el apartado sobre Método de evaluación seguido o matizar su redacción y enunciado como parte de la metodología seguida en la selección de alternativas de localización.

1.3. En el apartado sobre Valoración de la Calidad del Informe de Sostenibilidad Ambiental debe modificarse la Memoria Ambiental para que quede constancia de la nueva información que se suministra como Documento de Addenda a la propuesta de Memoria Ambiental.

1.4. En el apartado sobre Análisis del resultado de las consultas realizadas debe corregirse la alusión que se hace al informe emitido por esta Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias durante el trámite de consulta, dado que los contenidos que el PTEOAI ha estimado incorporar en el documento de aprobación inicial ya han sido completados en respuesta al Dictamen de la Ponencia Técnica Occidental adoptado en sesión de 19 de diciembre de 2012. Igualmente debe incorporarse en este apartado el Informe de la Dirección General de Protección de la Naturaleza de la Consejería Educación, Universidades y Sostenibilidad ahora incorporado al expediente.

1.5. En el apartado sobre Análisis de los impactos significativos derivados del PTEOAI debe incluirse la nueva matriz de impacto aportada en el Documento de Addenda a la propuesta de Memoria Ambiental (Informe de Sostenibilidad Ambiental, apartado 7), o cualquier otra información que resuma o concrete el análisis de los impactos significativos derivados del PTEOAI.

1.6 . En el apartado sobre Determinaciones finales a incorporar al PTEOAI deben incorporarse las nuevas medidas correctoras establecidas en el apartado 8 sobre Medidas ambientales del Informe de sostenibilidad ambiental haciendo especial referencia a su incorporación en el apartado 9 sobre Alternativas de ordenación de los polígonos industriales comarcales potenciales de la Memoria de Ordenación.

2. En relación a la propuesta de Memoria Ambiental, deben eliminarse las justificaciones sobre el Valle de Güímar, Sureste, Abona, Suroeste, Ycoden-Daute-Isla Baja y Norte, dado que únicamente tiene motivación ambiental el ámbito de Abona.

3. Debe completarse en el análisis del Informe de Sostenibilidad Ambiental la siguiente información:

3.1. Debe citarse en el ISA como parte del diagnóstico ambiental el apartado 6.2 sobre Fichas de diagnóstico ambiental de las alternativas de localización (Volumen 3 de la Memoria de Ordenación).

3.2. Debe completarse el Plano I.1.4 sobre Hábitats de Interés Comunitario y plano I.1.5 sobre Vegetación, en relación a los tabaibales dulces del sur afectados por varios ámbitos industriales propuestos.

3.3. Revisar el análisis ambiental de los factores referidos a la Flora, y en concreto la afección sobre los tabaibales dulces de los polígonos de 09 Las Eras, 10 Magua, 11 Mogán y 12 Abades, puesto que la superficie ocupada por esta especie es superior al 50% de los ámbitos industriales propuestos.

3.4. Completar las Fichas de Diagnóstico ambiental (apartado 6.2) de los ámbitos industriales de las 09 Las Eras, 10 Magua, 11 Mogán, 14 Samboa, 15 Cho, y 18 Guía de Isora, con los esquemas gráficos sobre de los Hábitat de interés comunitario dado que existen afecciones al hábitat Matorral termomediterráneo preestético (5330) y al tabaibal-cardonal respectivamente.

3.5. Incorporar en el ISA la información cartográfica sobre la evaluación de los efectos ambientales del plan, según demanda el apartado 6 sobre Efectos del Documento de Referencia, para elaborar Informes de Sostenibilidad de Planes Territoriales Especial de Actividades Industriales y Extractivas.

3.6. Proponer para los ámbitos industriales de las 09 Las Eras, 10 Magua, 11 Mogán, 14 Samboa, 15 Cho, y 18 Guía de Isora una medida orientada a la preservación de los enclaves con hábitat Matorral termomediterráneo preestético (5330) y al tabaibal-cardonal, etc.

3.7. Corregir en el ISA la existencia de varios efectos ambientales identificados por la matriz de impacto con valoración alta que no cuentan con ninguna medida correctora diseñada para mitigar o evitar el efecto generado: salud pública (01-Geneto, 25-La Zamora, 28-Jover), bienes materiales (08-Valle de Güímar, 09-Las Eras), Biodiversidad (06-Zona de Actividades Logísticas) y calidad del aire (10-Magua).

De acuerdo con el mismo artículo, y a los efectos de que conste fehacientemente la corrección de la Memoria Ambiental, deberá remitirse con carácter previo a la aprobación definitiva del Plan Territorial, a la COTMAC u órgano en quien delegue, este trámite de comprobación.

Segundo.- Informar, en relación con las cuestiones sustantivas territoriales del documento que acompaña a la Memoria Ambiental, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27.1.c) del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, las siguientes conclusiones:

1. Reiterar el contenido del informe de fecha 24 de abril de 2012 remitido por esta Dirección General al Cabildo de Tenerife.

2. Identificar y justificar la naturaleza jurídica del Plan de forma que se clarifique su grado de vinculación para el resto del planeamiento.

3. Corregir el documento que se apruebe inicialmente conforme, entre otras cosas, a las conclusiones vinculantes de los informes sectoriales preceptivos.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo a la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio y al Cabildo Insular de Tenerife y publicarlo en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto de trámite no cabe interponer recurso, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Belén Díaz Elías.

© Gobierno de Canarias