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BOC-A-2013-122-3485.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de junio de 2012.
Vistos por el Ilmo. Sr. D. Enrique Criado del Real, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria, los presentes autos de Procedimiento Ordinario, nº 0001463/2010, seguido entre partes, de una como demandante la entidad Carlomagno, S.L., dirigido por el Letrado D. Joaquim Delmonte Angullo y representado por la Procuradora Dña. Susana Almeida León, y de otra como demandada la entidad Arrullo Canario, S.L., en rebeldía, sobre Reclamación de Cantidad.
...
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la representación de la entidad Carlomagno, S.L. contra la entidad Arrullo Canario, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la demandante la cantidad de 9.528,45 euros, con los intereses legales previstos en el Fundamento Cuarto de esta resolución, así como al pago de las costas causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial. El recurso se interpondrá ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Dña. Yéssica Croissier Espino, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de septiembre de 2012.- El/la Secretario Judicial.
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